IRPF. EL SUPREMO ANULA ALGUNAS RESTRICCIONES PARA ACOGERSE A LAS MAXIMAS DEDUCCIONES POR PRESTAMO EN LA COMPRA DE VIVIENDA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo anuló algunas de las restricciones del reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para gozar de las máximasdeducciones por préstamo en la compra de vivienda, según informó hoy la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que puso un recurso contencioso-administrativo al respecto.

El reglamento impone determinados requisitos para que la deducción por préstamo se eleve del 15% general al 25% durante los dos primeros años y al 20% durante los siguientes. El tribunal ha declarado nula la obligatoriedad de contratar los préstamos con entidades financieras o aseguradoras.

El Supremo establece que la seección de fuentes de financiación carece de cobertura legal, puesto que la Ley del IRPF establece como condición para aplicar estas deducciones máximas la utilización de financiación ajena, sin más requisitos. Según estas fuentes, "la distinción establecida en el reglamento carece de justificación y supone una extralimitación evidente".

De esta forma, la OCU aclara que, incluso los préstamos familiares (tal y como sucedía en el antiguo IRPF) pueden beneficiarse de estas deducciones, por lo que anima alos contribuyentes a que los incluyan en la próxima declaración del IRPF.

Asimismo, OCU manifiesta su intención de acudir al Tribunal Constitucional para recurrir parte de la sentencia del Supremo que desestima otros requisitos cuestionados por esta organización en el reglamento del IRPF.

(SERVIMEDIA)
12 Abr 2000
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