IRPF. HACIENDA ASEGURA QUE EL NUEVO MODELO DE RETENCIONES NO VULNERA LA CONFIDENCIALIDAD Y CUMPLE ESTRICTAMENTE LA LEY

MADRID
SERVIMEDIA

La Agencia Tributaria afirmó hoy, en un comunicado en respuesta al recurso presntado por UGT contra el nuevo modelo de IRPF, que "el modelo de retenciones que permite adelantar la rebaja de impuestos recogida en la Ley del IRPF no vulnera el derecho a la intimidad".

Según la Agencia Tributaria, dicho modelo parte de que la comunicación de datos es completamente voluntaria. Hacienda recuerda que la aportación de datos que se realiza es básicamente la misma con la que se confeccionaba la antigua tabla de retenciones, "sin que nadie la hubiera cuestionado por esta razón".

"Losempresarios ya disponían de los datos de sus trabajadores, necesarios para calcular los nuevos tipos, bien por comunicaciones fiscales anteriores o como consecuencia de la propia relación laboral en el marco del propio Estatuto de los Trabajadores", agrega la Agencia Tributaria.

Entre otros datos, las empresas disponen del año de nacimiento del trabajador, de su grado de minusvalía (en caso de que la sufra), de su número de hijos y año de nacimiento de los mismos si los descendiente no tienen rentas speriores al Salario Mínimo Interprofesional, etcétera.

La Agencia Tributaria indica que, con estos datos, las empresas pueden calcular los tipos de retención de sus trabajadores y trasladarles la rebaja fiscal de la nueva ley.

Además, siempre con carácter voluntario, los trabajadores pueden aportar dos datos adicionales que permiten un ajuste aún mayor, como el grado de minusvalía de los hijos y si el cónyuge tiene rentas anuales inferiores a las 100.000 pesetas, "cuestiones que ya pueden ser concidas por el retenedor, puesto que, por ejemplo, la minusvalía de un hijo puede generar una reducción de jornada".

En consecuencia, Hacienda asegura que el nuevo modelo de retenciones no precisa de información de naturaleza distinta a la que ya aportaban los trabajadores y las nuevas normas establecidas no vulneran ni el derecho a la intimidad recogido en la Constitución ni los preceptos en materia de protección de datos.

(SERVIMEDIA)
17 Feb 1999
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