EL INSALUD Y LA SEGURIDAD SOCIAL, CONDENADOS A PAGAR 335.000 PESETAS POR DENEGAR ASISTENCIA A UNA ECUATORIANA DE PARTO
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El Juzgado número 2 de los Social de Ponferrada, cuya titular es la juez Carmen Escuadra Bueno, ha condenado al Instituto Nacional de Salud (Insalud) y a la Tesorería General de la SeguridadSocial a pagar 335.000 pesetas por los gastos del parto y nacimiento de una niña en una clínica privada.
Según informo hoy la Cadena Ser, ambos organismos oficiales denegaron por tres veces la asistencia sanitaria a su madre, una inmigrante ecuatoriana casada con un ciudadano español, con el argumento de que la mujer no se encontraba legalmente en territorio español y no tenía los papeles en regla.
Los responsables de la Seguridad Social, dice la juez, no tuvieron en cuenta ninguna de las peticioes de la mujer ni la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, suscrita por España, que obliga a asegurar la atención sanitaria a la madre antes y después del nacimiento de su hijo.
La juez considera, además, que la señora tenía derecho a la asistencia sanitaria gratuita, al estar casada con un ciudadano español que paga sus impuestos y contribuye, por tanto, a los gastos de la Seguridad Social.
Según los datos con los que cuenta la Cadena Ser, después de un año, el Insalud deberá hacrse cargo de la factura de la clínica privada.
(SERVIMEDIA)
17 Jul 1999
SBA