EL INSALUD INSISTE EN LA OBLIGACION DE ATENDER A LAS EMBARAZADAS EXTRANJERAS, AUNQUE ESTEN INDOCUMENTADAS
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El presidente del Insalud, Alberto Núñez Feijóo, ha remitido unas instrucciones a todos los centros sanitarios de su competencia, en las que se hace hicapié y se recuerda la obligación de prestar asistencia sanitaria a las mujeres extranjers que estén en estado de gestación, aun cuando se encuentren en situación irregular en España.
"En tanto se determine por los órganos competentes el procedimiento para el reconocimiento de este derecho a este colectivo", dice la nota, "no se exigirá a ninguna mujer, que se encuentre en estas circunstancias, acreditación o identificación alguna, salvo la estrictamente necesaria para su correcto seguimiento asistencial".
La asistencia sanitaria que recibirán estas mujeres podrá abarcar tanto el perodo de gestación, como el parto y el porstparto y tendrá el alcance que determina el Real Decreto 63/1995, sobre Ordenación de Prestaciones del Sistema Nacional de Salud, es decir, será idéntico al que reciben las mujeres españolas.
El presidente del Insalud ya dictó instrucciones a principios de año, en las que se recordaba la obligatoriedad de prestar asistencia sanitaria a los menores extranjeros, con independencia de su situación en nuestro país. Ahora se recuerda que dicha obligatoriedad se extiede a las madres gestantes sin excepciones.
La Convención de Derechos del Niño, de Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España un año después, reconoce el derecho de los menores a disfrutar del más alto nivel de salud, y el de acceder a los servicios para el tratamiento de las enfermedades y de rehabilitación.
Además, en su artículo 24.2.d) también reconoce este derecho a las madres, al determinar expresamente que "los estados miembros deberán adoptar las medidas necesarias ara asegurar la atención general prenatal y postnatal apropiadas a las madres".
(SERVIMEDIA)
13 Sep 1999
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