INMIGRACION. MAÑANA ENTRA EN VIGOR LA NUEVA LEY DE EXTRANJERIA

MADRID
SERVIMEDIA

La nueva Ley de Extranjería 8/2000, aprobada el pasado 14 de diciembre, entrará en vigor mañana, con novedades como la restricción de derechos a los extranjeros irregulares, el endurecimiento de las condiciones para obtener la residenci temporal y la posibilidad de expulsión de España en 48 horas de los "sin papeles".

La nueva Ley de Extranjería reconoce a los inmigrantes los derechos de reunión, asociación, sindicación, manifestación y huelga, aunque limita el ejercicio de estos derechos tan sólo a los que obtengan un permiso de estancia o residencia en nuestro país.

Además, la ley establece que se podrá acceder a la residencia permanente cuando se acrediten cinco años de estancia en España, mientras que la ley 4/2000 estableca un perido de dos años. La nueva normativa permite la expulsión en 48 horas de los inmigrantes que estén en situación administrativa ilegal, posibilidad que no recogía la ley anterior.

Otras novedades de la Ley de Extranjería son el derecho de educación infantil de 0 a 6 años, la no devolución de extranjeras embarazadas y la motivación de denegación de visado en los casos de reagrupación familiar, trabajador por cuenta ajena y los relacionados con el convenio Schengen.

Además, la disposición trasitoria cuarta de la nueva legislación señala que el Gobierno, mediante real decreto, establecerá los requisitos que permitan regularizar a aquellos inmigrantes que fueron excluidos del último proceso de regularización por no cumplir el requisito de encontrarse en España antes del 1 de junio de 1999.

Otros puntos de esta ley son la creación de comisiones bilaterales Estado-comunidades autónomas, para tratar aspectos relacionados con la inmigración, con especial atención a la Comunidad Autónoma Canaria

Finalmente, la Ley de Extranjería 8/2000 endurece el régimen sancionador para los empresarios que contraten a inmigrantes irregulares, práctica que castiga con una sanción muy grave. Las sanciones serán impuestas por cada uno de los trabajadores "sin papeles" ocupados y las multas ascienden de uno a diez millones de pesetas. Además, la Administración podrá cerrar la empresa por un máximo de cinco años.

(SERVIMEDIA)
22 Ene 2001
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