LOS INGRESOS DE LAS FUNDACIONES NO TRIBUTARAN, SALVO QUE PROVENGAN DE FINES AJENOS A LA INSTITUCION

MADRID
SERVIMEDIA

Los ingresos que obtengan las fundaciones derivados de sus actividades fundacionales estarán exentos de rendición tributaria, siempre y cuando no se deriven de explotaciones económicas que no tengan ninguna relación con los fines de la institución, segúnexplicó hoy Francesc Homs i Ferret, ponente de CiU en la Comisión de Educación y Cultura del Congreso, que debate el proyecto de Ley de Fundaciones.

Esta iniciativa, defendida por CiU, está contemplada en una de las enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Socialista, que será votada con el resto de las enmiendas presentadas al proyecto de ley el próximo jueves, ya que la sesión de hoy se suspendió sin realizar la votación.

Homs explicó que la futura Ley de Fundaciones también permitirála dedución de los gastos generales "como gastos incorporados en el límite del 70 por ciento de los ingresos que las fundaciones tienen obligación de destinar a sus fines de interés general".

Según Jerónimo Nieto, del Grupo Socialista, en la votación se aceptarán más del 50 por ciento de las enmiendas. "La ley tratará de poner las menos trabas posibles para que las fundaciones puedan ejercer libremente su actividad, favoreciendo la participación de la sociedad civil", añadió.

Nieto apuntó que su ormación pretende que la Ley de Fundaciones y Mecenazgo entre en vigor antes del 1 de enero del próximo año. "Queremos que todos los beneficios fiscales puedan hacerse efectivos a partir del próximo año", añadió.

La Comisión de Educación y Cultura se reunirá el próximo jueves para finalizar el debate del proyecto, que entrará en el pleno del Congreso antes de finales de mes.

(SERVIMEDIA)
14 Jun 1994
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