LOS INGRESOS FINANCIEROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL CRECIERON UN 82% EN 1998, SITUANDOSE EN 14.59 MILLONES DE PESETAS

MADRID
SERVIMEDIA

La Seguridad Social ingresó durante el año 1998 un total de 14.659 millones de pesetas por los intereses producidos por los saldos de sus cuentas en el Banco de España, según datos facilitados a Servimedia por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Esta cantidad es un 82% superior a la ingresada por este concepto durante el año 1997, cuando los intereses por el depósito en el Banco de España de las cotizaciones que abonan las empresas a tavés de las entidades financieras ascendieron a 8.050 millones de pesetas.

Según un portavoz del departamento de Javier Arenas, 1998 ha sido para la Seguridad Social el año de mejores ingresos financieros desde que se puso en marcha el convenio con el Banco de España, en 1995. Así, estos ingresos se situaron en 12.000 millones en 1995, 3.000 millones en 1996, 8.050 millones en 1997 y 14.659 millones en 1998.

Explicó que este año récord de ingresos se ha conseguido gracias a que los saldos depositdos en el Banco de España han sido superiores. Además, destacó, que se ha logrado con unos tipos de interés más bajos, ya que hay que recordar que los tipos en 1995 eran del 10%, y habiéndose acortado los plazos medios de pagos a proveedores.

El pago de estos intereses a la Seguridad Social responde a un concierto firmado con el Banco de España al amparo del reglamento de gestión financiera de la Seguridad Social, que entró en vigor en agosto de 1995 y regula esta medida.

Este reglamento fija un lazo de 15 días hábiles para que las entidades financieras comuniquen a la Seguridad Social los ingresos realizados por cotizaciones y un período máximo de 10 días para remitir la documentación recaudatoria. El Estado está exento del pago de comisiones por todas las operaciones de recaudación y pago de prestaciones.

Para compensar esa exoneración de pagos, la Seguridad Social se compromete a mantener durante quince días hábiles al mes un saldo medio equivalente a la recaudación obtenida por la entidadfinanciera correspondiente.

Una vez abonadas las prestaciones, las entidades tienen que transferir los saldos resultantes a las cuentas de la Seguridad Social en el Banco de España, que retribuirá este depósito en función del precio del dinero (el tipo de referencia del Banco de España).

(SERVIMEDIA)
17 Ene 1999
NLV