LOS INCENTIVOS A LA CONTRATACION FIJA QUE RECIBEN LAS EMPRESAS EQUIVALEN AL SALARIO DE MAS DE UN AÑO DEL TRABAJADOR

MADRID
SERVIMEDIA

El sindicato USO hizo público hoy un estudio que muestra que las empresas pueden financiar con los nuevos incentivos a la contratación fija nacidos dela reforma laboral y los que reciben de las comunidades autónomas el salario de un año de un trabajador, "y además les sobra dinero".

USO ha estudiado el sector de vigilancia y seguridad, que es uno de los que más temporales está convirtiendo en fijos acogiéndose a la reforma, y concretamente el salario de un guarda de seguridad y de un vigilante jurado, que se sitúa, incluyendo las pagas extras, en 1.611.089 y 2.265.912 pesetas, en cada caso.

Según USO, para estos dos trabajadores las nuevas bonficaciones en materia de Seguridad Social ascienden a 237.888 pesetas (guarda de seguridad) y 356.832 pesetas (vigilante jurado) en los dos primeros años de contrato fijo, que es el tiempo que fija la ley para percibir estos incentivos.

Pero el dinero total que puede recibir una empresa de vigilancia y seguridad por estos trabajadores es más si se suman las subvenciones al empleo de las comunidades autónomas, pudiendo llegar a 1.933.306 pesetas en los dos años en el caso del guarda de seguridad y de 2719.094 pesetas para el vigilante jurado.

Esto significa, según USO, que la empresa puede financiar con las subvenciones el salario de un año de un trabajador, "y además le sobra dinero". Además, a esto hay que añadir, señala el sindicato, que la reforma laboral ha rebajado la indemnización por despido improcedente para estos trabajadores de 45 a 33 días por año trabajado.

De acuerdo con los cálculos de USO, si la empresa despidiera al trabajador al cabo de dos años percibiría por un despido imprcedente una indemnización de 236.618 pesetas si es guarda de seguridad y 327.296 pesetas si es vigilante jurado, cifras muy por debajo de los incentivos recibidos.

Para USO, la contratación o la reconversión de trabajadores temporales en fijos "es positiva siempre y cuando dicha medida disponga de los debidos controles sindicales, así como de un período mínimo de permanencia de los trabajadores en las empresas, de forma y manera que la contratación indefinida no represente un 'negociete' más para las mpresas".

(SERVIMEDIA)
08 Ago 1997
NLV