HOY COMENZO EL PLAZO LEGAL PARA CONVOCAR ELECCIONES EL 28 DE MAYO

MADRID
SERVIMEDIA

Hoy comenzó el plazo legal para convocar las elecciones del 28 de mayo. Este plazo sirve tanto para las elecciones municipales y autonómicas como para un hipotético adeanto de las elecciones generales a esa fecha.

Según el artículo 42, apartado 3, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, "en los supuestos de elecciones locales o de elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas cuyos presidentes de Consejo de Gobierno no tengan expresamente atribuida por el ordenamiento jurídico la facultad de disolución anticipada, los decretos de convocatoria se expiden entre el quincuagésimo cuarto y el sexagésimo día antes del cuarto domingo de mayo del añ que corresponda..."

Este plazo vale también para un hipotético anticipo al 28 de mayo de las elecciones generales, posibilidad que ha sido descartada reiteradamente por el presidente del Gobierno, Felipe González, a quien la Constitución (art.115) atribuye en exclusiva esa responsabilidad, previa deliberación del Consejo de Ministros.

El artículo 42, apartado 1, de la citada Ley del Régimen Electoral General, dice sobre las elecciones generales que "los decretos de convocatoria señalan las fecha de las elecciones que habrán de celebrarse entre el quicuagésimo cuarto y el sexagésimo día posterior a la convocatoria".

(SERVIMEDIA)
30 Mar 1995
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