LAS HIPOTECAS QUE SUPEREN EL 95% DEL VALOR DE TASACIÓN SERÁN CONSIDERADAS DE "ALTO RIESGO"
- Tras la entrada en vigor de Basilea II
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Las hipotecas concedidas por las entidades bancarias que superen el 95% del valor de tasación del inmueble serán consideradas de "alto riesgo", según la nueva normativa sobre solvencia denominada Basilea II, que se aplicará a nivel internacional.
Fuentes del Banco de España explicaron que se trata de una mera denominación y que no afectará a la manera de actuar de las entidades financieras a la hora de conceder préstamos.
El objetivo de esta práctica es fomentar la solvencia de las entidades e incentivar las buenas prácticas en la concesión de los créditos para la adquisición de inmuebles.
De este modo, aquella parte de los préstamos hipotecarios concedidos con esta finalidad (o los originados por consolidación de deudas) que superen el 95% del valor de la garantía se tratan como "activos de alto riesgo".
La nueva norma pretende reforzar el modelo de solvencia y supervisión de la gestión de riesgos que fijó Basilea I y que cuenta con un modelo menos evolucionado.
El Banco de España puntualiza que esta nueva norma mejoraría algunos aspectos de debilidad que se han puesto de manifiesto con las turbulencias financieras y la crisis de las hipotecas subprime en Estados Unidos.
No obstante, la institución que gobierna Miguel Ángel Fernández Ordóñez, apunta que una de las novedades que introduce Basilea II es que las entidades tendrán un nuevo sistema de cálculo para cubrir sus riesgos y podrán liberar capital.
Pero el Banco de España no espera que se produzcan aumentos ni descensos de capital en el sector financiero cuando entre en vigor esta norma para ajustar estos niveles de riesgo.
NUEVA CIRCULAR
El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado una nueva circular, dirigida a las entidades de crédito, "sobre determinación y control de los recursos propios mínimos" que completa la transposición a la normativa española de las directivas comunitarias que incorporaban a la legislación europea el nuevo Acuerdo sobre Adecuación de Capital del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (conocido como Basilea II).
La nueva Circular se apoya en la estructura de tres pilares: los requerimientos mínimos de capital en función de los riesgos de crédito, de mercado y operacional, la revisión supervisora y la información al mercado o disciplina de mercado.
La entrada en vigor de la nueva circular tendrá lugar al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), si bien el primer balance de situación sobre el que las entidades deberán reportar al Banco de España será el de fecha 30 de junio próximo.
(SERVIMEDIA)
23 Mayo 2008
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