HB. EL CONSTITUCIONAL "NO PUEDE ARROGARSE UN PAPEL DE LEGISLADOR IMAGINARIO QUE NO LE CORRESPONDE", SEGUN JIMENEZ DE PARGA
- El magistrado muestra su "radical" contrariedad por la sentencia que ha excarcelado a la antigua Mesa Nacional de HB
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El magistrado del Tribunal Constitucional Manuel Jiménez de Parga hizopúblico hoy su voto particular contrario a la excarcelación de la Mesa Nacional de HB, en el que muestra su "radical" oposición a la decisión del Constitucional y advierte de que esta instancia "no puede arrogarse un papel de legislador imaginario que no le corresponde".
Jiménez de Parga se refiere a la actitud del Constitucional de entrar a valorar la proporcionalidad en la aplicación del delito de colaboración con banda armada realizada por el Tribunal Supremo para condenar a 7 años y medio a la Mes Nacional de HB. La mayoría del Pleno del Constitucional rechazó esta valoración y considera que la pena no debió aplicarse con tanta crudeza.
A su juicio, lo que ha hecho el TC ahora es pensar que "las conductas sancionadas estuvieron en la realidad muy alejadas de los peligros que la norma aplicada quiere evitar, pues no hubo un resultado de colaboración con banda armada al no llegar a difundirse los mensajes intimidatorios".
Jiménez de Parga cree que esta concepción es errónea y parte de una pemisa clara: "La conducta cometida por la Mesa Nacional de HB era atentatoria contra las libertades más esenciales de los ciudadanos de un Estado democrático y contra el propio orden democrático en sí mismo considerado".
A partir de aquí, estima que la decisión del TC "puede provocar un efecto desalentador", al considerar que "la sanción penal aplicada por la Sala Segunda del Supremo resulta desproporcionada".
El magistrado recuerda que la interpretación de la ley corresponde a los tribunales ordnarios, y muy especialmente al Supremo, y no al Constitucional, que debe centrarse en impedir la conculcación de derechos fundamentales.
Por ello, defiende que el Supremo, cuando condenó a la Mesa Nacional por prestar su espacio electoral a ETA lo estaba haciendo por "colaborar con organizaciones terroristas con independencia del resultado de tal colaboración" y que, en este caso, "con total independenia de que el mensaje que se trataba de difundir llegase a ser emitido o no".
Jiménez de Parga vaincluso más lejos y recuerda que, para valorar la proporcionalidad de las penas, el TC tuvo que haber pensado también en los beneficios penitenciarios del sistema español y se pregunta: "¿Este Tribunal habría considerado desproporcionada una pena mínima de cuatro años de cumplimiento efectivo ante una conducta de colaboración con banda armada?".
DEFENSA DEL SUPREMO
Jiménez de Parga está de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los miembros de HB por colaborar con ETA mediante l cesión de sus espacios electorales al vídeo titulado "alternativa democrática".
Para este magistrado, "por muy acentuada que sea la salvaguarda de los derechos fundamentales, no puede llegar al extremo de amparar comportamientos prohibidos por la Constitución", como es la emisión del citado vídeo.
"Es claro que la colaboración que se castiga no consiste en la mera adhesión ideológica a la consecución de unos determinados obejtivos políticos para el País Vasco, adhesión que por sí sola no puede cnstituir delito", dice Jiménez de Parga.
"La cooperación con los fines de ETA que se considera delictiva ha sido aquella que consiste en facilitar o poner a su disposición medios que dificilmente podría obtener sin ayuda cuando, añadidamente, dicha colaboración tiene lugar aceptando la metodología terrorista, es decir, el recurso a la coerción como 'modus operandi", continúa el voto particular.
En definitiva, la condena es por "la asunción consciente y deliberada de la conminación terrorista, expesada mediante actos eficientes para favorecer la actividad violenta que los terroristas diseñan y ejercitan".
Finalmente, aclara que la actuación de HB no puede ser amparada por el derecho a la libertad de expresión, dado el "carácter conminatorio del mensaje y no desvinculación de la violencia".
(SERVIMEDIA)
27 Jul 1999
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