HACIENDA CONDONO 141.395 MILLONES E IMPUESTOS PARA FUSIONES DE EMPRESAS EN 1990
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Las bonificaciones fiscales otorgadas por la Administración a las operaciones de fusión de empresas ascendieron en 1990 a 141.395 millones de pesetas, lo que representa un incremento del 118 por ciento en relación al año precedente, según datos del Ministerio de Economía.
Las empresas beneficiadas por estas exenciones fiscales se ahorraron 134.385 millones de pesetas en el Impuesto de Sociedades y 7.010 millones en el Impusto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Las solicitudes de bonificación fiscal para este tipo de operaciones fueron en 1990 un total de 52, más que en cualquier otro ejercicio, de las que el Ministerio de Economía aprobó 43 y denegó 9.
La mayoría procedieron del sector industrial y del financiero, con 20 y 14 respectivamente, pero también las hubo de los sectores de alimentación (6), construcción (3), transporte (2), empresas comerciales (4) y otras (2).
Las concesones de bonificaciones y exenciones tributarias, regulada por la Ley de Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas, experimentaron un incremento espectacular a partir de 1988, con el auge de los procesos de fusión bancaria.
Su importe total ascendió entre 1982 y 1990 a 307.442 millones de pesetas, de los que 288.882 millones correspondieron al Impuesto de Sociedades y 18.510 millones al de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
De la cantidad total, 279.407 millones fueron otrgados en el último trienio, al incorporarse a estos procesos, a partir de 1988, las entidades financieras, con operaciones como la del Banco Bilbao Vizcaya, Banco de Financiación Industrial, Caja de Ahorros de Valencia y Banca Catalana.
En conjunto, el reparto anual de las bonificaciones es el siguiente: 9.317 millones en 1982, 2.652 millones en 1983, 1.922 millones en 1984, 5.520 millones en 1985, 1.700 millones en 1986, 9.576 millones en 1987, 74.155 millones en 1988, 63.857 millones en 1989 y 141.95 millones en 1990.
REFORMA DE LA NORMATIVA
Según la legislación vigente, este tipo de bonificaciones fiscales, que pueden alcanzar hasta el 99 por ciento del de la cuota aplicable en los Impuestos de Sociedades y Transmisiones Patrimoniales, se otorgan para aquellas operaciones de concentración de empresas que, a juicio del Gobierno, supongan un beneficio para la economía nacional.
El régimen de concesión, no obstante, va a ser modificado próximamente, en virtud del proyecto de Ley de Adecuacón de Determinados Conceptos Impositivos a las Directivas y Reglamentos Comunitarios, remitido por el Gobierno al Congreso en octubre de 1991.
Esta norma pretende cambiar la normativa actual para corregir su falta de neutralidad, el elevado grado de discrecionalidad administrativo y la complejidad de los procedimientos y trámites para la autorización de las bonificaciones.
Hacienda pretende que la fiscalidad no sea un obstáculo para las operaciones de fusión, pero que éstas obedezcan realmente a strategias empresariales destinadas a incrementar la rentabilidad y la competitividad de las empresas, y no se conviertan en una forma barata de conseguir una actualización de balances.
También quiere simplicar el procedimiento, demasiado prolijo, ya que actualmente se precisan los siguientes pasos: un acuerdo de fusión de las entidades, la aprobación del balance de fusión, la presentación del expediente de solicitud ante el Ministerio de Economía, el dictamen de la Comisión Informadora de este departmento y la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
(SERVIMEDIA)
18 Ene 1992
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