HACIENDA ASEGURA QUE LA SENTENCIA DE LA UE SOBRE EL IVA DE LAS AUTOPISTAS NO AFECTA A LA DEMANDA CONTRA ESPAÑA

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Hacienda asegura que la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre el Impuesto sbre el Valor Añadido (IVA) aplicado a las autopistas de peaje no afecta en absoluto a la demanda interpuesta contra España por este mismo tributo.

Fuentes de este departamento manifestaron a Servimedia que el caso español "es muy diferente". La sentencia de esta semana condenó a Francia, Reino Unido e Irlanda a cobrar el IVA en las autopistas de estos países y a pagar a las arcas comunitarias el montante equivalente a los años en los que no lo han aplicado. La Unión Europea percibe el 1% de la recaudaión por este impuesto de cada país comunitario, lo que ha originado la deuda de esas tres naciones.

En cambio, en el recurso interpuesto contra España en marzo de 1999 lo que se ponía en cuestión no es la aplicación del impuesto en las autopistas (que en nuestro país sí que se realiza), sino el tipo impositivo que se cobra, que en nuestro caso es el IVA reducido (el 7%).

Por tanto, España sí que ha contribuido a las arcas comunitarias con los ingresos derivados de este tributo. "Existe un problem de tipos aplicados, pero no un problema de base", insistieron desde Hacienda. La sentencia podría dilatarse durante algunos meses o incluso uno o dos años, pero en cualquier caso no se dictará de forma inminente.

La sentencia del pasado día 12 consideró que la exención del IVA de la que disfrutan los peajes de las autopistas de esos tres países es ilegal, puesto que sus beneficiarios son, en parte, las empresas privadas que los gestionan. La legislación comunitaria sólo justifica esta medida en los pajes públicos, como son los casos de Grecia y Holanda.

(SERVIMEDIA)
17 Sep 2000
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