LA GRAN BANCA PENALIZA LOS DESCUBIERTOS AL 33%, COMO HACE SIETE AÑOS, PESE A LA CAIDA DE TIPOS

MADRID
SERVIMEDIA

La gran banca española (BBVA, BSCH, Popular y Banesto) cobraba a finalesdel 2000 un tipo de penalización del 33,18% por los descubiertos en cuentas corrientes y del 32,53 en los excedidos en cuentas de crédito, es decir, en ambos casos casi siete veces el precio oficial del dinero del área euro, fijado actualmente en el 4,75%.

Según datos del Banco de España a los que tuvo acceso Servimedia, la gran banca mantiene estos elevados tipos de penalización en niveles iguales e incluso superiores a los que regían, por ejemplo, en 1993 o 1996, que se movían entre el 31% y el 33%,aproximadamente.

A 30 de noviembre del 2000, los cuatro grandes de la banca aplicaban exactamente el mismo tipo efectivo de penalización por descubierto en cuenta corriente, del 33,18%. En los excedidos en cuentas de crédito cobran lo mismo, un 32,31%, BBVA, Popular y BSCH, mientras que el Banesto impone algo más, un 33,18%.

Los excedidos en cuentas de crédito se producen cuando en la cuenta bancaria del titular del préstamo no hay dinero suficiente para pagar la liquidación de intereses del perido que corresponda. Por este concepto, los cuatro grandes cobran 6,5 puntos más que el resto de la banca española, 12,5 puntos más que la banca extranjera y 11 más que las cajas, en promedio, ya que hay notables diferencias individuales por entidades.

Paradójicamente, la gran banca española, que era la que ya tenía en la primera mitad de los noventa los tipos de penalización más elevados para los clientes en números rojos, es la única que no los ha reducido desde entonces.

Entre 1993 y el 2000, l banca extranjera bajó, en promedio, el tipo de penalización en cuenta corriente del 26,38% al 16,74% y en créditos del 26,04% al 19,97%. A su vez, las cajas lo redujeron del 26,09% al 20,87% para descubiertos en cuentas y del 26,78% al 21,39% en excedidos de crédito.

LIBERTAD DE TIPOS

Todos estos tipos son de libre fijación por parte de las entidades financieras, salvo en los créditos al consumo protegidos por la Ley de Consumidores promulgada en 1995, para los cuales el tipo de penalización no puee superar dos veces y medio el tipo de interés legal del dinero, que para el 2000 estaba fijado en el 4,75% y que ha sido elevado al 5,5% en el 2001.

Pero esta salvaguardia beneficia a una parte muy pequeña de clientes bancarios, ya que la mayoría de los préstamos otorgados por las entidades financieras no son de esas características, según fuentes del Banco de España consultadas por Servimedia.

Las fuentes consultadas señalaron que la Inspección del Banco de España está recomendando, en inspeccines a los bancos, que no cobren más de dos veces y media el tipo de interés legal del dinero en descubiertos y excedidos, pero estas indicaciones no se han concretado, de momento, en una Circular.

Si se siguiera ese criterio con carácter general, el tipo de penalización debería situarse en un máximo del 13,75% este año (dos veces y media el tipo de interés legal del dinero, que para el 2001 es del 5,5%).

Además, hay sentencias judiciales dictadas a favor de clientes que reclamaron ante los tribunles por considerar abusivos los tipos de penalización aplicados actualmente por los bancos.

(SERVIMEDIA)
06 Dic 2001
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