EL GOBIERNO VALENCIANO INSTA A LOS AYUNTAMIENTOS A ESTABLECER PLANES LOCALES DE EMERGENCIA
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La nueva Ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que se debatirá el próximo miércoles en las Cortes Valencianas, instará a los ayuntamientos a establecer Planes Locales de Emergencia para failitar la coordinación con los efectivos que la Generalitat envía cada vez que establece alguno de los Planes de Emergencia Autonómicos y evitar así duplicidad en las actuaciones, según ha anunciado el consejero de Justicia y Administraciones Públicas, Carlos González Cepeda.
La nueva Ley promoverá a las empresas privadas a adecuar sus planes de emergencia a los protocolos de actuación de la administración, así como a promover planes de emergencia en los centros de trabajo, locales públicos y centros ducativos.
Por ello, junto con los Planes Locales de Emergencia y los ya existentes Planes Territoriales, Planes Especiales y Procedimientos de Actuación, se pondrán en marcha los Protocolos Operativos como instrumentos básicos de actuación de los Centros de Coordinación de Emergencias que conformarán un modelo de respuesta global para la actuación de todos los sectores, público y privado.
Según el consejero, el modelo de gestión de emergencias que establece esta nueva Ley, "crea un mecanismo gloal de protección civil para afrontar todo tipo de emergencias, cualquiera que sea su naturaleza pero respetando siempre el ejercicio legítimo de sus competencias por parte de todas la Administraciones Públicas".
El nuevo modelo de gestión de Emergencias eleva al máximo rango legal los distintos protocolos de actuación frente a emergencias que ha elaborado en los últimos años la Generalitat, regulará la figura del Mando Unico para la gestión de cualquier emergencia, otorgará a las Diputaciones la compeencia para prestar servicios de Protección Civil a los municipios y obligará a éstos últimos, a redactar sus propios planes de emergencia local.
Según el consejero, "la operatividad de esta norma radica en la nueva regulación de la figura del Mando Unico que se configura como el ejercicio de acciones de coordinación y dirección de todos los servicios de intervención. Además, se le atribuyen, entre otras, las funciones de declarar fases o situaciones de emergencia, adoptar las medidas oportunas en esto casos y determinar los recursos humanos y materiales necesarios que se deben movilizar en cada situación".
(SERVIMEDIA)
24 Nov 2002
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