EL GOBIERNO SOLO CONCEDERA LICENCIAS DE ARMAS A LOS QUE ACREDITEN LA NECESIDAD DE SU USO

MADRI
SERVIMEDIA

El Gobierno sólo concederá licencia para uso de armas cortas, pistolas y revólveres a aquellas personas que acrediten la necesidad de su uso para hacer frente a riesgos concretos, sin que sea razón suficiente alegar que la posesión de un arma de fuego aumenta genéricamente la seguridad de su propietario, según un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros y que desarrolla la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Esta normativa, que establece que la licencia sól dará derecho a tener un arma, también regula que las licencias de rifles sólo permitirán a su titular la posesión de un arma de este tipo, con lo que cada adquisición adicional necesitará una autorización previa hasta un límite de cinco, y de seis en las que permiten utilizar escopetas.

Además, quienes tengan licencia para el uso de rifles deberán utilizar, además, armeros homologados, cajas fuertes o depositarlos en empresas de seguridad.

El nuevo reglamento también regula los permisos para arms de tiro deportivo con importantes restricciones para los tiradores de tercera categoría, los más numerosos y que hasta ahora podían tener dos armas, mientras que con la entrada en vigor de esta norma sólo podrán poseer un arma de concurso.

El uso por particulares de armas de fuego sin la licencia será castigado con una multa que oscilará entre las 500.000y los 5 millones de pesetas. Las infracciones de menor cuantía, como la negligencia en la custodia de armas, darán lugar también a fuertes sancioes.

En la actualidad, en España hay registradas por parte de particulares unos 2 millones y medio de escopetas de caza, 90.000 rifles, 9-600 pistolas y más de 60.000 armas para tiro deportivo.

(SERVIMEDIA)
29 Ene 1993
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