EL GOBIERNO Y LOS SINDICATOS PACTAN LA REFORMA DE LA ADMINISTRACION Y LA SUBIDA SALARIAL DEL 92

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno y los sindicatos de la función púlica alcanzaron a las 0,30 horas de esta madrugada un principio de acuerdo sobre el plan de modernización de la Administración entre 1992 y 1994, que incluye también la subida salarial pactada para el año que viene.

El acuerdo, que respaldan los sindicatos CSIF, UGT, CCOO y ELA-STV, fue posible después de llegar a un compromiso para aplazar la negociación de la autorregulación de la huelga, punto en el que no existe coincidencia entre las centrales y el Gobierno.

Según el texto del preacuerdo, alque tuvo acceso Servimedia, la subida salarial del 92 será del 5 por ciento más unos fondos adicionales de 23.205 millones de pesetas, de los que 7.667 millones corresponderán al personal sanitario, 744 millones al universitario (exceptuando a los funcionarios docentes) y 14.794 millones al resto.

Esta última partida de 14.794 millones se desglosa, a su vez, en 7.118 millones para los funcionarios de la Administración del Estado, Organismos Autónomos y Seguridad Social, 1.234 millones para el personalde Justicia, 2.134 millones para los funcionarios y empleados laborales de Correos, y 4.308 millones para el restante personal laboral de la Administración.

De esos 14.794 millones de pesetas, aproximadamente un 52 ó un 53 por ciento se traducirá en un plus de 22.020 pesetas idéntico para todos los empleados públicos, mientras que el resto se repartirá en función la categoría de cada trabajador.

En el caso de los funcionarios que venían percibiendo desde 1988 la paga adicional acordada ese año enre la Administración y el sindicato CSIF, el plus de 22.020 pesetas pasará a ser de 60.870, al asimilarse en él la citada paga.

REFORMA DE LA ADMINISTRACION

Por otra parte, el acuerdo para la reforma de la Administración tiene como ámbito de aplicación la Administración Civil del Estado y la Seguridad Social, el personal sanitario y el de las Universidades.

Quedan excluidos los asesores, los puestos de libre designación y los responsables de Subdirecciones Generales o cargos superiores, así com los directores territoriales de los Departamentos Ministeriales, Organismos Autónomos y Entidades Gestoras de la Seguridad Social.

El acuerdo establece que los funcionarios tendrán un horario fijo diario de 5,5 horas, pudiendo trabajar el resto de su jornada entre la 7,30 de la mañana y las 6 de la tarde.

La jornada semanal se mantiene en las 37,5 horas y los empleados públicos disfrutarán de veinte minutos para el bocadillo todos los días entre las diez y las once y media de la mañana.

Concarácter voluntario, podrán establecerse jornadas continuadas entre las nueve de la mañana y las seis de la tarde, con una hora de interrupción para la comida entre las 14,30 y las 15,30 horas de lunes a jueves. El viernes, en esta modalidad de horario, la jornada iría de nueve de la mañana a tres de la tarde.

Los funcionarios tendrán también más facilidades para progresar en su carrera profesional, al suprimirse el limite actual de que la promoción interna sólo represente el 50 por ciento de las plazs convocadas.

Para ello, el Gobierno se ha comprometido a asignar en las ofertas públicas de empleo de 1992, 1993 y 1994 "una reserva suficiente de plazas de promoción interna en cada convocatoria, en función del número de candidatos potenciales".

Además, quienes se presenten a las pruebas de promoción interna recibirán cursos de preparación y verán suprimidos algunos temas de los exámenes, "en función de los conocimientos ya demostrados".

Asimismo, los empleados públicos tendrán permisos reribuidos con el fin de asistir a exámenes y pruebas de aptitud para la obtención de un título académico o profesional. También obtendrán permisos, no retribuidos, para asistir a cursos de perfeccionamiento profesional de un máximo de tres meses.

La Administración también se compromete a aplicar en todo su ámbito la ley de control sindical de los contratos y a reducir al mínimo imprescindible el empleo eventual. Con ese fin, facilitará anualmente a los sindicatos una estadística de empleo interino y evntual.

NEGOCIACION COLECTIVA

El último capítulo del documento desarrolla el derecho a la negociación colectiva de los funcionarios. En este apartado, Administración y sindicatos se comprometen a someter a una Comisión Paritaria de Seguimiento todas sus discrepancias, "con carácter previo a cualquier otra instancia, incluso administrativa o judicial".

Las condiciones de trabajo se fijarán de manera descentralizada en los diferentes organismos administrativos, si bien con carácter previo a la fira de un acuerdo o pacto se precisará el informe favorable de los Ministerios para las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda.

La negociación descentralizada de las condiciones de trabajo incluirá los siguientes aspectos: retribuciones y requisitos profesionales de las Relaciones de Puestos de Trabajo, horarios, medidas de salud y seguridad laboral, aplicación de criterios sobre productividad y rendimiento, formación profesional y acción social.

Finalmente, otros aspectos destacados de acuerdo son el compromiso de generalizar el uso de tarjetas de identificación de los funcionarios que atienden al público y la próxima puesta en marcha de una red de oficinas de información general sobre cuestiones administrativas.

(SERVIMEDIA)
12 Nov 1991
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