EL GOBIERNO REMITE AL PARLAMENTO LA CONVENCIÓN DE LA ONU CONTRA LA CORRUPCIÓN
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy un acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de mayo de 2005.
A 30 de noviembre de 2005, un total de 135 estados miembros de las Naciones Unidas habían firmado la Convención y 36 la habían ratificado. Entrará en vigor el próximo 14 de diciembre de 2005.
La Convención, inspirada en gran medida en la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, en vigor, tiene como objetivo promover y fortalecer la cooperación internacional para prevenir y combatir más eficazmente la corrupción, extendiendo su aplicación a la prevención, la investigación y el enjuiciamiento de una serie de delitos tipificados como obligatorios.
Entre esos delitos se incluyen el soborno de funcionarios públicos nacionales; el ofrecimiento, promesa o concesión de beneficios indebidos a funcionarios públicos extranjeros, y a funcionarios de organizaciones internacionales públicas; la malversación; la apropiación indebida; el blanqueo del producto del delito y la obstrucción de la justicia.
Asimismo, entre los delitos de tipificación facultativa figuran el tráfico de influencias, el enriquecimiento injusto o el uso indebido de información reservada.
Además de tipificar los delitos citados, adopta una serie de medidas para su persecución, entre las que destaca la asistencia judicial recíproca, la remisión de actuaciones penales, la cooperación en materia de cumplimiento de la Ley y las investigaciones conjuntas.
En cuanto a la extradición, destaca el compromiso de incluir los delitos objeto de la Convención como supuestos de extradición en todos los tratados internacionales que celebren los Estados parte entre sí. También destaca que no se considerará delito político ninguno de los delitos tipificados en la Convención.
Otras cuestiones tratadas en la convención se refieren a la recuperación de activos, que aborda la transferencia de fondos de origen ilícito, los mecanismos para la prevención y la recuperación de bienes mediante la cooperación internacional para fines de decomiso, así como la asistencia técnica e intercambio de información entre las partes.
(SERVIMEDIA)
01 Dic 2005
B