EL GOBIERNO REMITE LA NUEVA LEY DE ASILO Y REGUDIO A LAS CORTES
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El Gobierno remitió hoy a las Cortes el nuevo texto de la Ley de Asilo y Refugio, que incorpora las enmiendas formuladas por los distintos Grupos parlamentarios y aprobadas por el Pleno del Congreso de los Diputados antes de la disolución de las cámaras.
El texto, que unifica los estatutos de asilado y refugiado, desplaza el supuesto de asilo por razones humanitarias a la legislación general de extranjería.
Una vez denegado un permiso, al solicitante se le aplilcará la Ley de xtranjería, en cuyo marco se decidirá la permanencia o explulsión del territorio. En caso de expulsión, no podrá devolverse a un país donde peligre la integridad del solicitante.
La aplicación de la ley podrá ser recurrida por vía jurisdiccional. También recoge la doctrina del Tribunal Constitucional en el caso de suspensión de asociaciones de asilados, que sólo podrán ser ordenadas por la autoridad judicial.
Entre las enmiendas introducidas destacan la posibilidad de que un extranjero que se encentre en nuestro país pueda presentar su solicitud personalmente o mediante representantes en casos de imposibilidad física o legal.
Una solicitud denegada no podrá volver a ser admitida a trámite hasta que las condiciones del país de origen puedan suponer un cambio sustancial en el fondo de la solicitud.
El Pleno del Congreso también aprobó la audiencia a un representnate en España del Alto Comisionado de Nacional Unidad para los Refugiados con carácter previo a la resolución de la petición de rexámen y la adecuación de dependencias en los puestos fronterizos para los solicitantes de asilo.
(SERVIMEDIA)
23 Jul 1993
EBJ