EL GOBIERNO REMITE A LAS CORTES EL PROYECTO DE LEY GENERAL PRESUPUESTARIA

- En cuanto a la potenciación de los aspectos fudacionales de estos procesos, se adecua la gestión presupuestaria en sentido amplio a las características propias del presupuesto por Programas y la Gestión por objetivos.

- Se reduce el ámbito y la tipología de algunas modificaciones presupuestarias con el fin de forzar un mayor rigor de los procesos de elaboración y gestión de los presupuestos.

- Se vincula la aprobación de las diferentes modificaciones a una incidencia en la mejora del cumplimiento de los objetivos de cada programa de gasto. - En cuanto a la gestión del presupuesto, el proyecto racionaliza y define claramente cada una de las fases de dicho proceso y, muy especialmente, regula los efectos jurídicos internos y externos que se derivan de cada una de ellas.

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó hoy la remisión a las Cortes del proyecto de Ley General Presupuestaria, que viene a sustituir a la regulación básica de la Administración Financiera contenida en el texto refundido de la Ley General Presupuestaria de septiembre de 1989, asada en la correspodiente ley de 1977.

Según el Ejecutivo, la evolución experimentada por el sector público a lo largo de los últimos años en cuanto a modelos de gestión y administración financiera ha puesto de manifiesto la necesidad de adecuar la normativa a la realidad y requerimientos que exige la actual coyuntura económica y administrativa.

Además, en el debate sobre el estado de la nación de 1994 se aprobó una resolución en la que se instaba al Gobierno a presentar un nuevo proyecto de leysobre esta materia.

El texto aprobado hoy introduce mejoras en la sistemática y en la definición de conceptos fundamentales del Derecho Financiero, como sector público, las competencias en materia financiera y la delimitación y definición de los principios presupuestarios básicos en nuestro ordenamiento.

Se introducen además reformas en los procesos de elaboración, ejecución y modificación de los Presupuestos Generales del Estado, entre ellos:

- En cuanto a la potenciación de los aspectos fudacionales de estos procesos, se adecua la gestión presupuestaria en sentido amplio a las características propias del presupuesto por Programas y la Gestión por objetivos.

- Se reduce el ámbito y la tipología de algunas modificaciones presupuestarias con el fin de forzar un mayor rigor de los procesos de elaboración y gestión de los presupuestos.

- Se vincula la aprobación de las diferentes modificaciones a una incidencia en la mejora del cumplimiento de los objetivos de cada programa de gasto. - En cuanto a la gestión del presupuesto, el proyecto racionaliza y define claramente cada una de las fases de dicho proceso y, muy especialmente, regula los efectos jurídicos internos y externos que se derivan de cada una de ellas.

Por lo que se refiere a los esquemas de control de gasto público, se realiza un amplio desarrollo para clarificar los objetivos de cada modalidad de control y las consecuencias derivadas de los reparos a que dé lugar el ejercicio de control y seguimiento de los programa de gasto.

En el ámbito de la contabilidad pública, la nueva Ley General Presupuestaria da el empuje definitivo a la introducción y aplicación de la contabilidad analítica en los servicios públicos. Con ello, se conocerá su coste real y se podrán valorar con verdadero conocimiento de causa los niveles de eficiencia del sector público.

Por último, el proyecto de ley impulsa el proceso de racionalización de las estructuras administrativas actuales. Para ello, se homogeneizarán, en la medida de lo psible, los regímenes presupuestarios de las diferentes entidades del sector público con el fin de conseguir un mayor rigor en la gestión de las finanzas públicas.

(SERVIMEDIA)
08 Sep 1995
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