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EL GOBIERNO REGULA LA RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL ENTRE LOS ABOGADOS Y LOS DESPACHOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos individuales o colectivos.

Este real decreto trata de resolver, según el Gobierno, una cuestión "muy controvertida": si la prestación de servicios por cuenta ajena de los abogados a los despachos tenía o no carácter laboral.

El objetivo es recoger una regulación específica de los aspectos de esta relación laboral que, en razón a las peculiaridades que concurren en la misma, resultan incompatibles con la regulación que de ellos figura en el Estatuto de los Trabajadores.

"El objetivo del Real Decreto no es, por tanto, efectuar una nueva y completa regulación, sino una adaptación de la regulación que de la relación laboral común recoge el Estatuto de los Trabajadores, con el criterio de apartarse de dicha relación sólo cuando ello fuera necesario", asevera el Gobierno.

El texto establece tres supuestos. En primer lugar, será considera relación especial la del abogado que ejerza como socio a través de sociedades profesionales constituidas de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico. Asimismo, también se incluyen las relaciones que conciernen a los abogados con empresas o entidades, públicas o privadas, que no tengan el carácter de despachos de abogados. Finalmente, las actividades profesionales que realicen los abogados contratados por un despacho derivadas del turno de oficio.

(SERVIMEDIA)
17 Nov 2006
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