EL GOBIERNO REFORMARA EL CODIGO CIVIL PARA QUE LAS MUSULMANAS Y DEMAS MUJERES INMIGRANTES PUEDAN DIVORCIARSE COMO LAS ESPAÑOLAS
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Las mujeres inmigrantes podrán obtener, si lo desean, la separación o el divorcio de sus cónyuges de igual forma que las españolas, después de que el Ministerio de Justicia haya aceptado modificar el artículo 107 del Código Civil, a recomendación del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica.
Según inormó hoy la Oficina del Defensor, Múgica pidió el pasado 30 de mayo al ministro de Justicia, Angel Acebes, que reformara el Código Civil para que las inmigrantes, especialmente las musulmanas que residen en España, puedan obtener la separación o divorcio de la misma manera que las españolas, sin tener que someterse a la legislación de sus países de origen.
La adjunta del Defensor y responsable de asuntos de Justicia y Mujer, María Luisca Cava de Llano, comentó hoy que esta reforma se planteó después d recibir una queja de una ciudadana de Marruecos, país en el que la ley no contempla la figura legal de la separación, sino exclusivamente el divorcio y el repudio.
De acuerdo con la Mudawuana (conjunto de normas que regulan el estatuto personal de los súbditos marroquíes), la mujer no puede repudiar y, para obtener el divorcio, debe litigar, al menos, durante cinco años si su esposo se niega a concedérselo, mientras que si es el marido quien lo solicita no importa que la mujer se oponga y puede conseuirse en quince días. Además, si la causa alegada por la mujer es el maltrato, debe adjuntar certificados médicos y el testimonio de doce personas.
Hasta ahora, las mujeres inmigrantes que han dejado de convivir con sus maridos -en ocasiones por malos tratos- no tenían reconocido el derecho a la separación en España, dado que los jueces y tribunales españoles aplican el artículo 107 del Código Civil de modo restrictivo.
Dicho artículo estipulaba que la separación y el divorcio se regirán por la ly nacional común de los cónyuges en el momento de la presentación.
Con esta modificación del Código Civil, el ministerio de Justicia, según Múgica, "se ha mostrado sensible al problema" y va a proceder a una nueva redacción del artículo 107, de modo que se evite una aplicación discriminatoria del mismo.
Por su parte, el secretario de Estado de Justicia entiende que, a la vista del progresivo aumento de población de origen musulmán en España, "es previsible el incremento de juicios sobre separació y divorcio en los que deberán ser aplicadas las normas de Derecho Internacional Privado en los juicios sobre separación y divorcio".
(SERVIMEDIA)
14 Oct 2002
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