EL GOBIERNO RECONOCERA A LOS FUNCIONARIOS EL MISMO DERECHO DE HUELGA QUE A LOS DEMAS TRABAJADORES
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El Gobierno reconocerá a los funcionarios el derecho de huelga en los mismos términos que al resto de los trabajadores y autorizará a los empresarios a contratar "esquiroles" cuando los trabajadores incumplan servicios mínimos, según el orrador de la nueva ley presentado hoy en el Congreso por el ministro de Trabajo, Luis Martínez Noval.
"Si se les reconoce a los funcionarios el derecho a la negociación colectiva", explicó el ministro, "debe también reconocérseles el derecho a la huelga y definir la forma en que pueden ejercerla". Quedan excluidos de este derecho las fuerzas armadas, los cuerpos de seguridad, los jueces, los magistrados y los fiscales.
Martínez Noval afirmó que, además de regular el ejercicio del derecho de huela, el texto fija las razones que justifican el cierre patronal de las empresas y determina los mecanismos por los que pueden resolverse los conflictos colectivos.
Las actividades consideradas esenciales, y en los que los trabajadores estarán obligados a cumplir unos servicios mínimos, son idénticas a las de la normativa italiana, entre las que destacan la sanidad e higiene pública, la defensa, seguridad y protección civil, transportes y comunicaciones, suministro y producción de energía, agua y combusibles.
También tendrán carácter de servicio esencial para la colectividad la producción, venta y distribución de alimentos de primera necesidad, la educación y sus correspondientes exámenes y el desarrollo de la actividad administrativa en los poderes públicos.
Este listado, auguró el ministro, será uno de los aspectos que más controversia levantarán en el debate con los agentes sociales, porque es más amplia que la propuesta por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), respaldada por lossindicatos.
Respecto a la fijación de los servicios mínimos, el Gobierno propone en la ley que se dé preferencia a los acuerdos entre los sindicatos y los empresarios. En caso de desacuerdo, los sindicatos podrán elevar al Ejecutivo su propuesta de autorregulación, que la Administración podrá asumir o rectificar.
SUSTITUTOS PARA LOS ILEGALES
Respecto al régimen sancionador, Martínez Noval anunció el deseo del Gobierno de que la ley reconozca el derecho de los empresarios a contratar a trabajadoes sustitutos de quienes se nieguen a cumplir los servicios mínimos fijados en cada empresa.
El ministro señaló que las huelgas ilegales darán lugar al despido de quienes participen en ellas. Serán ilegales los paros que pretendan subvertir el orden constitucional u obstaculicen la actividad parlamentaria, las de celo y reglamento, las que ocasionen perjuicios desproporcionados al usuario de los servicios afectados por la huelga, y las que intenten modificar un convenio ya pactado.
Para intentar esolver las divergencias sobre la fijación de servicios mínimos, trabajadores y empresarios podrán delegar con caracter vinculante en una o varias personas que actuarán de árbitro. Este mismo sistema, empleado hace unos días en el sector de la construcción, servirá para desbloquear las negociaciones colectivas, en el caso de que lo acuerden ambas partes.
Por otra parte, el borrador presentado en el Congreso propone un mecanismo para regular el ejercicio del cierre patronal, cuyos efectos en cuanto a l suspensión de contrato de trabajo y la situación de los empleados en la Seguridad Social será los mismos que los de la huelga.
El deseo del Gobierno es limitar este derecho a los casos en los que el ejercicio de la huelga se haga de manera que provoque peligro para la integridad de las personas presentes en el centro de trabajo o riesgo de daños graves para las instalaciones y bienes del mismo.
También podrá tomarse esta medida cuando la inasistencia por conflictos laborales impida dar trabajo alos operarios que no participan en ellos. Estas situaciones sólo se mantendrán mientras duren las huelgas que las hayan provocado.
(SERVIMEDIA)
01 Abr 1992
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