EL GOBIERNO RATIFICA EL ACUERDO DE SEGREGACON DE CAMPSA Y REDUCE LAS DISTANCIAS OBLIGATORIAS ENTRE GASOLINERAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto que ratifica la segregación de Campsa acordada el pasado mes de junio por los socios de la compañía y reduce las distancias obligatorias entre estaciones de servicio y gasolineras, de acuerdo con las directrices comunitarias sobre eliminación de monopolios estatales.

Según el real decreto, el Gobierno ratifica el acuerdo de Repsol, Petronor, Cepsa y Petroed, por el que estos socios se reparten la actual red comercial de Campsa, compuesta por unas 3.500 gasolineras y estaciones de servicio en todo el país.

Asimismo, acepta la valoración de esos activos comerciales en 173.879 millones y "su posterior escisión parcial múltiple entre las sociedades beneficiarias de nueva creación: Repsol Combustibles Petrolíferos S.A., Petronor Estaciones de Servicio S.A., Cepsa Estaciones de Servicio S.A. y Petróleos del Mediterráneo Activos Comerciales".

En el decrto, el Gobierno también se concede la facultad de fijar normativas posteriores sobre reservas mínimas de seguridad de productos petrolíferos.

DISTANCIAS

Respecto a la reducción de las distancias entre gasolineras, el decreto aprobado por el Gobierno establece que en las poblaciones de 5.000 a 10.000 habitantes puedan instalarse puntos de venta cada 750 metros, frente a los 1.500 que fijaba el reglamento de 1988.

En las localidades de 10.001 a 25.000 habitantes la distancia mínima se reduce de 70 a 400 metros; en las de más de 25.000, se suprimen los topes de separación, y en las áreas de influencia urbana se pasa de 1.500 a 500 metros.

Para las llamadas zonas especiales, como tramos de frontera o autopistas de peaje, se pasa de 350 a 200 metros, en el primer caso, y se mantiene la separación de 2.500 metros en el segundo. Sin embargo, en las zonas de servicio de las autopistas podrán ubicarse varias estaciones de servicio.

Para el resto de las zonas, el espacio mínimo entre dos estacioes de servicio será desde ahora de 2.500 metros, frente a los 5.000 que exigía la normativa anterior.

(SERVIMEDIA)
29 Nov 1991
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