EL GOBIERNO QUIERE CONSENSUAR CON LOS GRUPOS POLITICOS MEDIDAS QUE PERMITAN REDUCIR LOS GASTOS ELECTORALES

- El Ejecutivo aprobó la modificación de la Ley Electoral para permitir elvoto de los ciudadanos europeos en España

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba, anunció hoy que el Gobierno es partidario de consensuar con los grupos políticos una serie de medidas tendentes a reducir los gastos electorales.

Pérez Rubalcaba destacó que el Ejecutivo está interesado en que dicho acuerdo se materialice pronto y que sus efectos puedan aplicarse a los próximos comicios europeos de junio y, con carácter general, a los que vayan produciénose con posterioridad.

Precisamente, el Consejo de Ministros aprobó hoy un proyecto de ley orgánica por el que se modifica la Ley Electoral, con el fin de posibilitar el derecho al sufragio activo y pasivo en las Elecciones Europeas de los ciudadanos de la Unión Europea (UE) residentes en España.

Pérez Rubalcaba indicó que la voluntad del Ejecutivo es que a lo largo de la tramitación de dicho proyecto de ley en el Parlamento se introduzcan en el mismo iniciativas encaminadas a reducir notablement los gastos electorales.

"El Gobierno", puntualizó el ministro, "impulsará la negociación entre los grupos políticos para que se puedan introducir medidas que reduzcan los gastos publicitarios de las campañas".

64 ESCAÑOS

En cuanto a la modificación de la Ley electoral para el voto de los ciudadanos de la UE residentes en España, el proyecto establece que el número de escaños del Parlamento Europeo que se elegirán en nuestro país en los comicios que se celebrarán entre el 9 y el 12 de junio próimos será 64, en lugar de los 60 actuales.

Esta variación supone incorporar al ordenamiento español la decisión del Consejo Europeo que amplia el número de diputados de 518 a 567, como consecuencia de la Unificación Alemana y ante la perspectiva del ingreso de nuevos miembros en la UE.

Para poder ser elegible en las listas al Parlamento Europeo en España, un ciudadano de otro país miembro de la UE deberá cumplir los requisitos exigidos por la legislación española y la de su Estado de origen.

Asimismo, deberá aportar documentación que acredite su nacionalidad y domicilio en España, declaración de que no se presenta como candidato en otro Estado miembro, mención del censo en que hubiera estado inscrito en último lugar en su país de origen y certificación de que no está privado del derecho de sufragio pasivo en ese país de la Unión Europea.

(SERVIMEDIA)
14 Ene 1994
M