EL GOBIERNO PROHIBE LAS SUBVENCIONES PUBLICAS A QUIENES NO ESTEN AL DIA CON HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL

MADRID
SERVIMEDIA

El Estado no otorgará subvenciones o ayudas públicas a empresas, entidades o pariculares que no estén al día en el pago de sus impuestos y de las cotizaciones a la Seguridad Social, según el nuevo Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

El reglamento reduce a una sola norma los 234 procedimientos actualmente existentes para la concesión de subvenciones en la Administración del Estado, y ha sido aprobado en cumplimiento de una disposición de la nueva Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Pblicas promulgada en 1992.

Los perceptores de subvenciones públicas saldrán beneficiados con la simplificación de trámites prevista en el reglamento, que les reconoce el derecho a no presentar documentos que ya estuvieran en poder de la Administración.

También exige que la resolución favorable o contraria la subvención esté motivada y fija un plazo máximo de seis meses para resolver las solicitudes.

Además, establece que la falta de resolución se interpretará en un sentido afirmativo en la rnovación de las subvenciones de carácter social o asistencial. Dicha renovación deberá resolverse en un tiempo no superior a tres meses, salvo que su normativa específica determine otra cosa.

El Gobierno obligará a devolver las subvenciones logradas con engaño sobre el fin para el que se van a utilizar o los requisitos necesarios para acceder a ellas. Si esas irregularidades fuesen constitutivos de infracción administrativa, la Administración lo pondrá en conocimiento del órgano competente para que abe un procedimiento sancionador.

El Ejecutivo asegura que el objetivo del nuevo reglamento es someter la concesión de ayudas públicas "a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas".

(SERVIMEDIA)
17 Dic 1993
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