EL GOBIERNO PRESUPUESTA 4.545 MILLONES ADICIONALES PARA PALIAR LOS PRIMEROS DAÑOS DE LA SEQUIA
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El decreto de medidas urgentes contra la sequía, que será publicado esta semana en el Boletín Oficial del Estado, incluirá un gasto presupuestario adicional de 4.545 millones de pesetas, al margen del coste que tengan mientras las ayudas cediticias y fiscales.
De esa cantidad, 1.500 millones de pesetas se destinarán a la Empresa Nacional de Seguros Agrarios, para que subvencione a las explotaciones de cereal afectadas por la sequía que se han quedado sin la cobertura del seguro al no haber llegado a nacer el cultivo, por la falta de agua.
El importe máximo de la subvención, según el texto del decreto, al que ha tenido acceso Servimedia, será equivalente al 80 por ciento de la diferencia entre la indemnización que les hubiera correpondido por el seguro integral y lo que realmente perciban (que en muchos casos será prácticamente nada).
No tendrán derecho a la subvención las explotaciones que hayan sustituido el cultivo tradicional por otro, expediente al que han recurrido numerosos agricultores, plantando girasol, que es muy resistente a la sequía.
El resto del aumento presupuestario, 3.045 millones de pesetas, se destinará a la Dirección General de Obras Hidráulicas, que lo utilizará a realizar obras para mejorar el estadode los terrenos afectados por falta de agua.
CONDONACIONES FISCALES
El grueso de las ayudas consistirá en la subvención de créditos "blandos", que tendrán un plazo de tres años y uno de carencia. La Administración Central subvencionará cinco puntos de interés y solicitará a las comunidades autónomas que subvencionen alguno más.
En el capítulo fiscal, destaca la condonación del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y de las cuotas del Régimen Agrario de la Seguridad Social en las explotaciones d regadío que hayan visto reducido el suministro de agua en más de un 70 por ciento.
El mismo beneficio será aplicable a las explotaciones de cereales con unas pérdidas de más del 90 por cien de la producción normal y a la ganadería extensiva de bovino, ovino y caprino, cuando los daños afecten a más del 90 por cien de los pastos.
No habrá condonación, pero sí moratoria de un año en el pago, en los casos en que el suministro de agua de los regadíos haya sido inferior al 50 por cien, la cosecha de ereales sea inferior a la mitad o las explotaciones ganaderas tengan menos de la mitad del pasto disponible habitualmente.
En la tarifa por utilización del agua, se concede una moratoria cuando el suministro resulte inferior a la mitad del normal. El pago se fraccionará entre 1992 y 1993. Si la reducción del suministro supera el 70 por cien, el pago se fraccionará entre 1993 y 1994.
(SERVIMEDIA)
26 Mayo 1992
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