JUSTICIA

EL GOBIERNO PRESENTA EL CALENDARIO DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL PARA 2009

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy la programación para el año 2009 de la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

El programa incluye una hoja de ruta elaborada por el Consejo del Medio Rural para la elaboración del Programa de Desarrollo Sostenible del periodo 2010/2014, así como el marco aplicable a los programas piloto de Desarrollo Sostenible para este año.

Para la puesta en marcha del Programa de Desarrollo Sostenible, se han previsto una serie de actuaciones a lo largo del año, que se iniciarían en marzo con la aprobación, por parte del Consejo del Medio Rural, de las recomendaciones para la delimitación y los criterios para la clasificación de las zonas rurales por las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, en el seno del grupo creado en la Comisión Interministerial, y de forma bilateral con cada Departamento, se concretarían las líneas de actuación a incorporar al Programa, y su tratamiento, un trabajo que también se desarrollaría con las diferentes Comunidades Autónomas, estableciendo el marco financiero plurianual (2010-2014) de acuerdo con lo establecido en la memoria económica de la Ley.

Paralelamente, la hoja de ruta recogida en el Acuerdo aprobado hoy contempla trabajos en el seno del Consejo del Medio Rural para acotar, para cada Comunidad Autónoma, un índice de ruralidad que permita determinar el alcance de la participación financiera del Estado en dicha Comunidad Autónoma.

En el calendario de actuaciones se prevé igualmente, para el próximo mes de junio, una vez delimitadas y calificadas las zonas de actuación por parte de las Comunidades autónomas, y ya elaborada la versión preliminar del Programa, su presentación para ser sometido a información pública e informe de órganos colegiados y de participación.

En el marco de estas actuaciones, el Acuerdo contempla también, a partir de septiembre de 2009, la elevación del Programa de Desarrollo Sostenible al Consejo de Ministros para su aprobación, para seguidamente, y durante el periodo inmediatamente posterior, iniciar la suscripción de convenios- marco de colaboración con las Comunidades Autónomas participantes.

Éstas deberán formular los planes de zona que, en caso de implicar actuaciones de competencia estatal, deberán ser previamente evaluados por los diferentes departamentos.

Posteriormente, se prevé la aprobación por parte de las Comunidades Autónomas y el comienzo de la ejecución de los planes de zona (período 2010-2014). Paralelamente, el Ministerio conformará los mecanismos para el seguimiento y evaluación general del Programa (2010-2014), y la preparación del informe bienal al Senado.

(SERVIMEDIA)
16 Ene 2009
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