EL GOBIERNO DE MADRID PROPORCIONA AYUDAS ECONOMICAS INDIVIDUALES A ENFERMOS MENTALES
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Posibilitar que los enfermos mentales con escasos recursos pueden recibir rehabilitación, es el objetivo de las ayudas económicas individuales convocadas por el Gobierno de Madrid, a través de la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, dirigidas a aquellos pacientes que estén integrados en Programas de Rehabilitación y Reinserción Social de Servicios de Salud Mental de Distrito.
Con estas ayudas se quiere facilitar la inclusión de estos enfermos en los programas de rehabilitación desarrollados en los servicios de salud mental, sufragando ciertos gastos derivados de su inclusión en determinadas actividades cuando su situación económica determine la inaccesibiliad a los mismos.
Asimismo, se favoecerá la adecuación de las condiciones socioeconómicas de algunos pacientes a aquellos requisitos de alojamiento, manutención y capacidad de desplazamiento que el Servicio de Salud Mental de Distrito juzgue imprescindible para la puesta en marcha e implantación del Plan de Rehabilitación Social para cada paciente concreto, y que, de no darse, imposibilitarían la materialización del mencionado plan.
Las ayudas podrán solicitarse por el concepto de alojamiento y manutención que posibilite el arraigo indspensable del paciente en el entorno comunitario en el que van a desarrollarse los esfuerzos rehabilitadores, o bien, por el gasto de transporte público para acudir a los centros o dispositivos de rehabilitación del distrito.
El importe máximo mensual en concepto de alojamiento y manutención será del 100 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente en 1998, teniendo en cuenta que la totalidad de los ingresos personales del solicitante, más la ayuda, no deben superar el 100 por 100 de este salaro.
La cuentía por trasporte público no será superior a la cantidad correspondiente al abono trasporte de la zona, teniendo en cuenta la residencia del solicitante y la ubicación del centro.
Las ayudas podrán pedirse hasta 31 de octubre de este año, presentando una solicitud en el Registro General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, situado en la calle O'Donell, 50.
(SERVIMEDIA)
14 Ene 1998
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