EL GOBIERNO LIMITA LA DENOMINACION DE ECOLOGICO A LOS PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA QUE RESPETA EL MEDIO AMBIENTE
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El Consejo de Ministros ha modificado el real decreto que regula la prodcción agrícola ecológica y su denominación en productos agrarios y alimentarios con el fin de adaptar la normativa española a la nueva legislación comunitaria, que reserva para estas producciones el término "ecológico" y su prefijo.
El Gobierno establece así que el término "ecológico" o "eco" sólo puede asociarse a los productos derivados de un sistema de producción respetuoso con el medio ambiente y su conservación. La utilización de una terminología única permitirá que las acciones de promoción de etos productos sean más eficaces, evitando la dispersión que se producía con la utilización de términos como "biológico" o su prefijo "bio", que en el sector agroalimentario español se utilizan con carácter genérico, sin estar relacionados con el sistema de producción ecológica.
Además, los productos ecológicos llevarán en su etiquetado un logotipo comunitario que permitirá facilitar su identificación, a través de una imagen comercial homogénea, y conseguir que sus productos tengan mayor aceptación ente los consumidores.
(SERVIMEDIA)
11 Mayo 2001
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