EL GOBIERNO ESTABLECE NORMAS SOBRE LA CLASIFICACION DE LAS CANALES DE VACUNO PESAO

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto por el que se aplica el modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado y las normas comunitarias sobre registro de precios, en aras de una mejora de las condiciones y la transparencia del mercado de este sector dentro del tráfico intracomunitario.

El Real Decreto define como vacuno pesado aquellos bovinos cuyo peso vivo sea superior a 300 kilogramos. Todas las canales y medias canales se clasificrán en cinco categorías: de machos jóvenes sin castrar de menos de dos años, de otros machos sin castrar, de machos castrados, de hembras que hayan parido y de otras hembras.

Según su conformación y grado de engrasamiento, las canales y medias canales de vacuno pesado se clasificarán siguiendo la normativa comunitaria. Dicha clasificación se realizará por técnicos cualificados, en el interior del matadero y en el plazo de una hora, como máximo, desde el inicio de las operaciones de sacrificio. Tras laclasificación se recortará la grasa superficial.

Toda canal deberá ser objeto de un marcado que indique la categoría, las clases de conformación y de estado de engrasamiento, a excepción de los mataderos autorizados que procedan por sí mismos al despiece y deshuesado de la totalidad de las canales que obtengan. El marcado se realizará mediante estampillado sobre la superficie externa de la canal con tinta indeleble no tóxica.

Cada Comunidad Autónoma realizará controles en los mataderos al menos ds veces por trimestre, sobre un mínimo de 40 canales escogidas al azar.

REGISTRO DE PRECIOS

Con respecto al registro de precios de mercado de canales de vacuno pesado, el decreto indica que se realizará semanalmente y define las condiciones que deberán cumplir los sujetos obligados a efectuar el registro de precios.

Los responsables de las empresas que participen en el registro de precios deberán comunicar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, antes de las 12 horas de cada martes,los precios de las transacciones efectuadas entre el lunes y el domingo de la semana anterior.

(SERVIMEDIA)
10 Dic 1999
D