GOBIERNO, CEOE Y CCOO APRUEBAN EXTENDER EL DERECHO DE JUBILACION ANTICIPADA DESDE EL 1 DE ENERO
- Pactan bonificaciones para la extensión de la vida laboral con uncoste de 63.000 millones de pesetas
- Garantiza la sostenibilidad y viabilidad de la Seguridad Social
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Gobierno, CEOE-Cepyme y CCOO acordaron hoy nuevas medidas de desarrollo del Acuerdo de Pensiones como la extensión del derecho de jubilación anticipada, bonificaciones y exenciones del pago de cotizaciones para la permanencia de los mayores de 60 años en el mercado laboral y el nuevo sistema de jubilación flexible, con un coste total de cerca de 63.000 millones de pesetas
Según informó en rueda de prensa el secretario de Estado de Seguridad Social, Gerardo Camps, el contenido del Real Decreto que recoge estas medidas será aprobado la semana que viene por el Consejo de Ministros y entrará en vigor el próximo 1 de enero.
Camps no dudó en calificar este acuerdo de "histórico", porque incluye medidas, como la extensión de derecho de jubilación anticipada para los mayores de 61 años, que hayan cotizado más de 30 años a la Seguridad Social y lleven más de seis meses enparo, que "están llamadas a durar".
El secretario de Estado reconoció que, quizá, en los primeros años de vigencia de esta normativa serán "pocos" los que se beneficien del mismo, pero cuando el envejecimiento de la población sea una realidad "estará mucho más rodado".
El objetivo es "cambiar la cultura de la jubilación en nuestro país, es una revolución silenciosa", destacó el secretario de Estado de la Seguridad Social.
DIA DE PACTOS
El secretario general de CEOE, Juan Jiménez Aguilar, dstacó que el acuerdo firmado hoy "hace compatibles los intereses de empresarios y trabajadores con el equilibrio financiero de la Seguridad Social".
La extensión de la vida laboral más allá de los 65 años es una apuesta "interesantísima", según Jiménez Aguilar, que se felicitó de la firma del "segundo pacto del día", después de que esta mañana se ratificara el Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva 2002.
Por su parte, el secretario de Política Institucional de CCOO, José Luis Sánchz, destacó la extensión del derecho de jubilación anticipada, hasta ahora restringido a quienes hubieran cotizado antes del 1 de enero de 1967, como el elemento "más novedoso" del Acuerdo.
Asimismo, recordó que, a partir del 1 de enero, los trabajadores que cumplan 61 años y estén cobrando prestaciones por desempleo no estarán obligados a acogerse a la jubilación anticipada, como sucedía hasta ahora.
OTRAS MEDIDAS
Otras medidas contempladas en el Real Decreto permitirán a "todos los españoles" ubilarse "cuándo uno quiera y cómo uno quiera", con "enormes beneficios para las empresas y los trabajadores".
Para Camps, es un "orgullo" el que Comisiones Obreras, CEOE-Cepyme y el Gobierno hayan conseguido alcanzar un acuerdo en esta materia.
La entrada en vigor del Real Decreto permitirá, además, compatibilizar el cobro de la pensión con el trabajo a tiempo parcial, cobrando la prestación en proporción al periodo de tiempo no trabajado, es decir, que si un trabajador con derecho a pensión redce a la mitad su jornada laboral podrá cobrar la mitad de la prestación a la que tenga derecho.
Para los casos de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) en los que no concurran suspensiones de pagos o declaraciones de quiebra, el Acuerdo contempla la obligatoriedad de que el empresario suscriba un convenio especial con la Seguridad Social por el que asumirá las cotizaciones de los trabajadores mayores de 55 años hasta que éstos cumplan los 61.
Llegado ese momento, si el trabajador desea acogere a la jubilación anticipada -siempre que tenga derecho a ella- podrá hacerlo, pero también podrá decidir la suscripción de otro convenio con la Seguridad Social por el que paga sus cotizaciones, con lo que consigue retrasar la edad de jubilación, seguir generando derecho a más pensión y evitar las penalizaciones por adelantar el cobro de la prestación.
Los mayores de 65 años podrán, gracias a este acuerdo, seguir trabajando, lo que les permitirá, además, seguir aumentando su pensión por encima del 10% de su base reguladora, que era el tope actual. Por cada año de trabajo adicional el trabajador se beneficiará de un 2% para el cálculo de su pensión, siempre que tuviera acreditados 35 años de cotización.
BONIFICACIONES Y EXENCIONES
El Real Decreto establece el programa de bonificaciones y exenciones de cotizaciones para potenciar la permanencia en el mercado laboral de los mayores de 60 años.
Trabajadores y empresarios quedarán exonerados del pago de cotizaciones a la Seguridad Social cuandoel empleado siga trabajando a partir de los 65 años y acredite haber cotizado más de 35 a la Seguridad Social.
En el caso de las bonificaciones para los mayores de 60 años y que acrediten llevar más de cinco años en su empresa actual, su cuantía será del 50% de la aportación empresarial por contingencias comunes en el primer año, del 60% en el segundo, del 70% en el tercero, del 80% en el cuarto y del 90% en el quinto.
Pero el Acuerdo de Pensiones no está totalmente desarrollado y la Comisión de eguimiento del mismo se ha fijado "deberes" para el mes de enero como empezar a trabajar en la convergencia del régimen agrario con el general, la cobertura del seguro de dependencia y el desarrollo de las medidas para los autónomos contempladas en el pacto del 9 de abril.
(SERVIMEDIA)
20 Dic 2001
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