Pensiones

El Gobierno autoriza tramitar con urgencia la reforma de la jubilación anticipada

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros autorizó este martes tramitar por la vía de urgencia el proyecto de real decreto que reforma la jubilación anticipada y que fue acordado con patronal y sindicatos en un acuerdo más amplio sobre pensiones el pasado julio.

Así consta en las referencias del Consejo de Ministros de este martes, algo más de un mes después de que se firmara el pacto en La Moncloa, en presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El acuerdo recoge el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas. Esta nueva regulación se basa, fundamentalmente, en determinar las circunstancias objetivas, que permiten establecer coeficientes reductores para a rebajar la edad de jubilación, como puedan ser la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.

Por otro lado, y más allá de este punto, el acuerdo incluye mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial, se establece ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, cuyo contrato deberá ser indefinido y a tiempo completo en un puesto no amortizable.

Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera, se prorroga el marco actual hasta 2029 incluido. Esta prórroga incluye algunos ajustes para mejorar las condiciones del trabajador relevista y el diseño de una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en cuanto a la organización de la jornada del relevista y del pensionista.

El acuerdo también establece una nueva regulación de la compatibilidad entre trabajo y pensión, con el objetivo de favorecer la salida gradual y flexible del mercado de trabajo.

En cuanto a la jubilación activa, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso y tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore (de manera que cada año de demora en la jubilación activa, incrementará el porcentaje a aplicar en el percibo de la pensión).

Asimismo, se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.

También se logró un punto de acuerdo en la negociación sobre el desarrollo de lo pactado en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), en relación con la implicación de las Mutuas en la incapacidad temporal (IT), a la hora de colaborar con los Servicios Público de Salud en la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen traumatológico, eso sí, esto siempre sujeto a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos. Además, los agentes sociales y el Gobierno han avanzado en abrir una línea de trabajo que permita hacer un seguimiento de indicadores de IT.

(SERVIMEDIA)
22 Oct 2024
DMM/MMR/clc