Hacienda

El Gobierno aprueba una reducción del 25% en la tributación por módulos de los autónomos afectados por la DANA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este lunes nuevas medidas fiscales para autónomos y empresas afectadas por la DANA, entre las que se encuentra una rebaja en la tributación por módulos del 25%, así como nuevas flexibilizaciones de plazos tributarios locales y autonómicos en beneficio de los contribuyentes afectados.

En un comunicado, el Ministerio de Hacienda también informó de que se permite excepcionalmente a los autónomos y empresarios renunciar a la tributación por módulos en 2024, permitiendo que vuelvan a ese régimen de tributación en 2025 y 2026 si lo prefieren.

Las medidas aprobadas incluyen para los autónomos y empresarios que tributan por el régimen de estimación objetiva (módulos) en los municipios afectados por la DANA una reducción del 25% en su rendimiento neto en 2024 y una disminución en el mismo porcentaje de sus cuotas devengadas por operaciones corrientes en el régimen simplificado de IVA.

Hacienda estima que esta rebaja en la tributación por módulos del 25% beneficiará a 22.655 contribuyentes por un importe de 8,9 millones, “lo que supone un ahorro de 393 euros de media por contribuyente”. Por su parte, los beneficiados en el régimen simplificado de IVA son 4.900 contribuyentes, que lograrán ¡un ahorro de 92 euros de media”.

El decreto aprobado amplía los beneficiarios de las ayudas directas a empresas y autónomos afectados por la DANA no solo a quienes tuvieran su domicilio fiscal en los municipios dañados por el desastre natural, sino también para aquellas empresas o autónomos que tengan establecimientos o explotaciones en los municipios afectados, aunque no tuvieran fijado su domicilio fiscal en esas localidades.

De esta forma, la cobertura de estas ayudas permitirá beneficiar a 5.800 autónomos y empresas más que, siendo afectadas por la DANA, no tenían su domicilio fiscal en los municipios dañados, lo que eleva el número total de beneficiarios de estas ayudas por encima de los 100.000. También aumentan los autónomos beneficiados por una ayuda que alcanzará los 5.000 euros.

Las ayudas podrán solicitarse en la página web de la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024. Para agilizar la recepción de estos importes bastará con indicar el número de cuenta en el que se realizará el ingreso. La Agencia Tributaria comenzará a realizar los pagos a partir del 1 de diciembre. Además, estas ayudas estarán exentas de tributación en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades.

Por otra parte, el decreto extiende también las medidas de flexibilización y suspensión de plazos y procedimientos tributarios en beneficio de los contribuyentes de dichos municipios afectados por la DANA a los procedimientos tributarios autonómicos y locales.

EXENCIÓN DE IBI A FINCAS RÚSTICAS

También se incluye en la norma aprobada por el Gobierno la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio 2024. En concreto, quedan exentas las cuotas que afecten a fincas, locales de trabajo y similares de naturaleza rústica, de titularidad de agricultores y ganaderos que tengan pérdidas mayores al 40% de la producción.

Los contribuyentes que hubieren satisfecho los recibos correspondientes al ejercicio fiscal correspondiente al año 2024 podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas. La exención ya se había aprobado la semana pasada para el pago del IBI del resto de los inmuebles no rústicos afectados por la DANA.

Asimismo, la disminución de ingresos en tributos locales que dichas exenciones produzcan en los ayuntamientos, consejos insulares, cabildos insulares, diputaciones provinciales y comunidades autónomas será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 2024
ECJ/clc