EL GOBIERNO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY SOBRE CONCILIACION DE VIDA FAMILIAR Y LABORAL
- Tratará de hacer efectiva la igualdad de oportunidades entre hombre y mujer, según Pimentel
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La equiparación del sistema de protección de la maternidad biológica con la adoptiva, la creación de una nueva prestación económica por riesgo durante el embarazo y la nulidad del depido cuya causa real sea la maternidad, constituyen las principales medidas del proyecto de Ley sobre Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, aprobado hoy por el Gobierno.
Además, la nueva ley establece una utilización más extensa para el hombre del permiso de maternidad, y se amplían los derechos de excendencia y reducción de jornada para quienes tengan a su cargo familiares que no puedan valerse por sí mismos.
El proyecto de ley aprobado también promueve un nuevo compromiso entre hombres y ujeres, que permite el reparto equilibrado de responsabilidades en la vida familiar y laboral.
Entre las novedades del proyecto ley, destaca la eliminación de las diferencias existentes entre el nacimiento de un hijo biológico o la adopción o acogimiento. A partir de ahora, todos los padres tendrán 16 semanas, siempre que el adoptado tenga menos de 6 meses.
Además, la nueva normativa amplía el derecho del padre a disfrutar del permiso de maternidad a partir de las cuatro primeras semanas (reservaas para la recuperación física de la madre), y el periodo lo podrá simultanear con la madre.
CUIDADO DE FAMILIARES
La ley extiende el derecho a disfrutar de una reducción de jornada o excendencia de los trabajadores que tengan a su cargo familiares que, por razones de edad, incapacidad o enfermedad, no pueden valerse por sí mismos. Tendrán derecho a una reducción de un tercio o de la mitad de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario.
En línea con las directivas comunitrias y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, la norma declara nula las extinciones del contrato de trabajo por causa de maternidad, adopción o acogimiento.
La nueva normativa modifica 10 leyes, entre las que están la de Seguridad Social y la de Prevención de Riesgos Laborales y cubre un antigua laguna existente, relativa a dar cobertura a los casos de las embarazadas en los que el trabajo supone un riego para su salud o el del feto.
En estos casos, la madre contará con la coertura del Estado y el empresario podrá aplicar el "coste 0" de Seguridad Social para los contratos de interinidad con los que sustituye a la embarazada, igual que si ya hubiera dado a luz.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Manuel Pimentel, se mostró confiando en que la nueva ley ayuda a "hacer efectiva la igualdad de oportunidades entre hombre y mujer", ya que los excesos por coste de maternidad a las empresas los va a asumir la Seguridad Social.
Recordó que, hasta la fecha, sólo un 2 pr ciento de padres había tomado el permiso de 4 semanas que hasta ahora se permitía, y aseguró que "la sociedad española es muy dinámica y pronto lo harán más padres".
(SERVIMEDIA)
14 Mayo 1999
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