EL GOBIERNO APRUEBA EL ESTATUTO DEL COOPERANTE PARA DAR MAYOR SEGURIDAD Y DIGNIDAD A LA LABOR QUE REALIZAN EN EL EXTRANJERO
- Designa el 8 de septiembre como Día del Cooperante
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros aprobó hoy el Estatuto del Cooperante, una norma por la que se regulariza la labor que desempeña este colectivo, formado por cerca de 1.400 personas.
"Hoy damos un paso firme y necesario por el que nuestros cooperantes gozarán a partir de ahora de una mayor seguridad y de una mayor dignidad en el desarrollo de su trabajo y en su regreso a casa", afirmó la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Para Fernández de la Vega, la aprobación de este Estatuto del Cooperante es "la expresión del reconocimiento a una labor ejemplar". "Se reconoce su trabajo y se dota a la cooperación española de instrumentos que mejoren las condiciones en que se ofrece esa cooperación y la hacen más efectiva".
En esta línea por dar prioridad a la cooperación, el Consejo de Ministros decidió fijar el 8 de septiembre como Día del Cooperante, en recuerdo de la fecha en la que Naciones Unidas dio a conocer la Declaración del Milenio.
Un tercer acuerdo adoptado hoy por el Gobierno en esta materia es la aportación de 50 millones de euros, 15 más de los previstos inicialmente, al Plan Global contra el Sida, la Malaria y la Tuberculosis, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
Con esta aportación, explicó Fernández de la Vega, son ya 185 millones de euros los que España aporta a la lucha contra estas enfermedades.
Con los tres acuerdos alcanzados, añadió la vicepresidenta, "dotamos de más derechos y más seguridad a los cooperantes españoles, trabajamos por extender la solidaridad internacional en el mundo y nos comprometemos activamente en la lucha por erradicar la pobreza y enfermedades que asolan a buena parte de la población".
Estas actuaciones, señaló, confirman la apuesta del Gobierno por la cooperación "como un eje fundamental de nuestra política exterior", un compromiso que se consolidará cuando se alcance, al final de la legislatiura, el objetivo de destinar el 0,5% del PIB a ayuda al desarrollo. "El 0,7% está más cerca", concluyó.
ESTATUTO DEL COOPERANTE
El Estatuto del Cooperante define las organizaciones y personas que son cooperantes, regula las condiciones jurídicas entre cooperantes y las ONG de las que dependen y establece los derechos y obligaciones del colectivo.
Reconocen aspectos como el régimen de incompatibilidades, formación, homologación de los servicios que prestan y modalidades de previsión social.
Entre las novedades que recoge el estatuto figura un seguro colectivo, sufragado en su mayor parte por la Agencia Española de Cooperación. Esta prestación cubrirá la asistencia médica y sanitaria ante todo tipo de enfermedades y accidentes derivados del trabajo del cooperante y su estancia en el país de destino, incluidos el parto y la maternidad.
También establece un régimen de indemnizaciones y la inscripción como desempleados de los cooperantes a su regreso a España, lo que facilitará su readaptación y su reorientación profesional.
(SERVIMEDIA)
28 Abr 2006
B