PAÍS VASCO

EL GOBIERNO APRUEBA EL DECRETO PARA DEVOLVER 400 EUROS A TRAVÉS DEL IRPF

- La rebaja de las retenciones será efectiva en las nóminas del mes de junio, que contarán con 200 euros más

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto que permitirá anticipar a los ciudadanos la nueva deducción de 400 euros a la que se comprometió el Partido Socialista, sin tener que esperar a realizar la declaración de la renta.

El Gobierno explica que de esta medida se beneficiarán los contribuyentes que perciben rentas del trabajo, fundamentalmente, asalariados y pensionistas y también autónomos.

Según explicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el objetivo de esta medida era la "mejora de las economía familiares" y contribuir a la recuperación de la economía, "que está viviendo una situación de desaceleración".

Preguntada sobre si esta medida tuvo carácter electoralista, De la Vega se mostró convencida de que era una medida necesaria que no se pudo aprobar antes porque las Cortes se disolvieron y se ha hecho con la mayor celeridad posible.

En total, supondrá un ahorro para los contribuyentes de 6.000 millones de euros, un 0,9% de la renta disponible de las familias.

En este sentido, De la Vega puntualizó que los 6.000 millones de euros de ahorro son un impacto "importante" para las familias españolas.

La rebaja de las retenciones a los perceptores de rendimientos del trabajo será efectiva en las nóminas del mes de junio, con una minoración de la citada retención de hasta 200 euros por perceptor.

El importe restante, hasta alcanzar los 400 euros se prorrateará en los siguientes meses, hasta final de año, mediante la aplicación de un menor tipo de retención.

En cuanto a los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, la medida se materializará en una reducción del importe de los pagos fraccionados trimestrales de hasta 200 euros en el pago fraccionado a presentar en el mes de julio y cien euros en cada uno de los siguientes: octubre 2008 y enero 2009. Además, la cantidad no consumida en un trimestre, se podrá deducir en el trimestre siguiente del mismo ejercicio 2008.

El Real Decreto aprobado hoy también regula el concepto de "rehabilitación de vivienda", cuando tenga por objeto la reconstrucción de la misma mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas, de forma similar al establecido en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Así, con aplicación desde el 1 de enero de 2008, se considerarán rehabilitación las obras realizadas en un edificio si su coste supera el 25% del precio de adquisición del inmueble, sin incluir, como hasta ahora, el precio del suelo.

(SERVIMEDIA)
23 Mayo 2008
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