EL GOBIERNO APRUEBA UN CONCIERTO QUE CAPACITA A LAS CCAA A GESTIONAR LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIAS
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El Gobierno aprobó hoy un concierto por el que la Administración central cede la gestión de las pensiones de invalidez y jubilación, en sus modalidades no contributivas, a las comunidades autónomas que no tienen transferido el Inserso.
Las autonomías que podrán firmar este acuerdo son: Asturias, Murcia, Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Castilla y León, Aragón, Baleares y Cantabria.
El modelo de concierto aprobado hoy establece que las comuniades autónomas que suscriban el acuerdo deberán informar, tramitar y resolver las solicitudes de estas pensiones en su territorio.
El Instituto Nacional de Servicios Sociales (Inserso) será el organismo encargado de valorar el grado de minusvalía o enfermedad crónica de los solicitantes y realizará la actualización del fichero técnico de las pensiones no contributivas.
Este organismo, dependiente de Asuntos Sociales, pondrá a disposición de las comunidades autónomas los créditos presupuestarios qe les correspondan y realizará el seguimiento, evaluación y adecuación de esta normativa. La Tesorería General de la Seguridad Social se ocupará de abonar las pensiones.
Cada comunidad autónoma recibirá una transferencia, con cargo a los presupuestos del Inserso, destinada a financiar la infraestructura organizativa necesaria para atender los gastos que genere la gestión de estas subvenciones.
La notificación al ciudadano de la aprobación o denegación de la pensión será realizada por las administaciones central y autonómicas.
364.000 PESETAS AL AÑO
La Ley de Pensiones no Contributivas, que fue aprobada por el Parlamento el 20 de diciembre de 1990, autoriza al Gobierno a establecer conciertos con las autonomías que deseen gestionar estas ayudas.
Esta modalidad de pensión se sitúa en las 364.000 pesetas por año. Cuando en una misma unidad familiar convivan varios beneficiarios, cada persona adicional cobrará sólo un 70 por ciento de la prestación.
Además de la pensión, los beneficiaios tendrán derecho a la asistencia médico-farmacéutica, a los servicios sociales y, en su caso, a la protección familiar.
Sólo las personas afectadas por una minusvalía o las que superan los 65 años pueden acceder a esta prestación económica, aunque su percepción está condicionada además a la presentación de una prueba de necesidad.
Según la ley, este tipo de pensión pretende erradicar los focos de marginación entre las personas de más edad y entre los discapacitados.
(SERVIMEDIA)
25 Ene 1991