VIVIENDA

EL GOBIERNO ANDALUZ APRUEBA MEDIDAS PARA AGILIZAR LA OBTENCIÓN DE SUELO CON DESTINO A VIVIENDAS PROTEGIDAS

MADRID/SEVILLA
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno andaluz aprobó hoy un decreto de medidas para agilizar la obtención de suelo con destino a viviendas protegidas.

La norma permitirá desarrollar las previsiones que para este fin establece el Pacto por la Vivienda en Andalucía, suscrito el pasado 13 de diciembre por la Administración autonómica, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), los sindicatos UGT y CCOO y 31 entidades financieras.

El principal objetivo se centra en la construcción de 300.000 viviendas protegidas durante los próximos diez años, de las cuales 210.000 ya han sido licitadas o conveniadas con los ayuntamientos.

El decreto, elaborado con el acuerdo y la colaboración de la FAMP, introduce dos nuevos procedimientos de agilización, uno referido a la revisión del planeamiento urbanístico y el otro a las reservas de terrenos.

Asimismo, modula los criterios de crecimientos urbanos máximos fijados en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) en relación con los municipios de menos de 10.000 habitantes.

El primero de los procedimientos de agilización a los municipios adaptar parcialmente sus planeamientos a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) independientemente de que se haya iniciado el proceso de revisión general.

Estas adaptaciones parciales podrán realizarse en cualquier momento y completarse en un plazo de dos meses. Los documentos de adaptación parcial deberán incluir disposiciones para garantizar suelo suficiente, con las consiguientes correcciones de edificabilidad y de densidad de viviendas, siempre dentro de los parámetros que marca la LOUA.

Asimismo, tendrán que establecer los sistemas generales de parques, jardines, espacios libres, infraestructuras, equipamientos, servicios y redes de tráfico, aparcamientos y transportes públicos.

En cambio, se excluyen la clasificación de nuevos suelos como urbanos o urbanizables y la alteración de la regulación del suelo no urbanizable y del modelo de ciudad.

El decreto faculta a los ayuntamientos para formular y aprobar estas adaptaciones parciales, con los requisitos de someterlas a información pública y al pronunciamiento de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística.

RESERVAS DE SUELO

El segundo de los instrumentos incluidos en la norma consiste en un procedimiento de urgencia para urbanizar reservas de suelo público (tanto urbano como urbanizable) con destino a vivienda protegida.

Cuando estas reservas se realicen sobre suelos no urbanizables, se exigirá la revisión la revisión parcial de los planes generales, proceso que podrá completarse en un tiempo no superior a seis meses.

Además de acortar los plazos, el procedimiento también refuerza las medidas para que los terrenos reservados cuenten con los correspondientes equipamientos y dotaciones. En este sentido, la Administración podrá sacar a concurso público su urbanización valorando, entre otros criterios, la calidad del proyecto, la cantidad de viviendas protegidas previstas y los plazos de ejecución, poniendo así en marcha la figura del Agente Urbanizador, prevista en el Pacto.

Actualmente ya se han conveniado o sacado a concurso terrenos para la construcción de 210.884 viviendas protegidas en toda la comunidad autónoma, lo que supone casi el 70% de las 300.000 que fija como objetivo el Pacto.

De ellas, 181.236 se destinan a hogares con ingresos inferiores a 2,5 veces el salario mínimo, con un precio máximo de 90.000 euros y ayudas autonómicas de 3.000 euros por inmueble para los promotores privados.

Finalmente, y también en relación con el Pacto por la Vivienda, el decreto aprobado hoy incluye una disposición adicional con nuevos criterios básicos para la evaluación de los planes generales municipales en relación con las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA).

De este modo, con el fin de potenciar el desarrollo económico, la nueva norma excluirá los suelos industriales del límite del 40% de crecimiento máximo de territorio urbanizado para cada municipio que fija el POTA para los próximos ocho años.

Asimismo, el criterio del límite de crecimiento máximo de población, fijado en el 30% con carácter general para el mismo periodo, se modulará en aquellos municipios de menos de 10.000 habitantes cuya población ha crecido por debajo de la media andaluza durante la última década.

Para estos casos se fijan los porcentajes del 60% (localidades de menos de 2.000 habitantes), del 50% (entre 2.000 y 5.000) y del 40% (entre 5.000 y 10.000 habitantes).

(SERVIMEDIA)
22 Ene 2008
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