EL GOBIERNO AMPLIA A LOS EX RECLUSOS MENORES DE EDAD EL DERECHO A SUBSIDIO DE PARO

MADRID
SERVIMEDIA

Las personas que hayan permanecido recluidas en prisión por períodos superiores a seis meses y que tengan 16 ó 17 años de edad tendrán derecho a cobrar subsidio por desempleo a partir del próximo 1 de enero, según el proyecto d Ley de Acompañamiento de los Presupuestos, al que tuvo acceso Servimedia.

El argumento que da el Gobierno es que ya gozaban de este beneficio los ex presidiarios mayores de edad, como ayuda por el hecho de tener especial dificultad para encontrar empleo.

"Pues bien, esta especial dificultad para encontrar empleo pueden tenerla todos los sujetos liberados que hayan cumplido la edad laboral (16 años), y no sólo los mayores de 18 años", señala el Ejecutivo en el texto justificativo de la nueva normtiva.

Por otra parte, el proyecto aclara que los huérfanos tendrán derecho a pensión aunque realicen alguna actividad remunerada, pero siempre y cuando la cuantía percibida no supere la mitad del salario mínimo interprofesional (fijado en 66.630 pesetas mensuales para este año)

Otra novedad es que, en caso de recurso contra sentencias de despido improcedente, el trabajador tendrá derecho a cobrar prestación por desempleo hasta que se resuelva su caso si cuenta con los mismos requisitos de período mínimos por cotización exigibles al resto de los parados. También se les pondrá el mismo límite temporal de cobro que a los demás desempleados.

El Gobierno explica que, hasta ahora, los trabajadores envueltos en dichos procesos judiciales podían cobrar sin límite de tiempo y sin exigencia de cotización mínima la prestación por desempleo, lo que podría propiciar casos de picaresca.

DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL

Asímismo, a partir del año que viene se reduce a un mes el plazo para satisfacer la deudas reclamadas por la Seguridad Social a empresas por el impago de cuotas.

En concreto, las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes se deberán abonar hasta el día 5 del mes siguiente, mientras que las notificadas entre el 16 y el último día del mes se deberán pagar hasta el día 20 del mes consecutivo.

La justificación es que, al margen de que se consiga una mayor inmediatez en el ingreso de deudas, de esta forma se puede seguir con más diligencia la vía de apremio en caso de que as deudas no hayan sino satisfechas por los morosos.

(SERVIMEDIA)
24 Sep 1997
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