GAL.LA DEFENSA DE PLANCHUELO PIDE ACTUAR CONTRA OLIVARES POR UN DELITO DE DESOBEDIENCIA A LOS MANDATOS DE MONER SOBRE SU ESCOLTA

MADRID
SERVIMEDIA

José Aníbal Alvarez, abogado de Miguel Planchuelo, procesado en el 'caso GAL', ha solicitado al juez Eduardo Móner que proceda a la apertura de las diligencias que onsidere oportunas contra el director general de la Policía, Angel Olivares, por un presunto delito de desobediencia a los mandatos judiciales, en relación a la escolta acordada por el magistrado para el ex comisario de Salamanca y de la que hoy continúa careciendo.

En un escrito, al que ha tenido acceso Servimedia, la defensa de Planchuelo señala que "a la vista de la actitud adoptada de forma reiterativa por parte del director general de la Policía, desatendiendo los mandatos judiciales", solicita aMóner que de trasado al ministerio fiscal al objeto de que informe "y en su caso proceda a la apertura de las diligencias que considere por un posible delito de desobediencia a los mandatos judiciales".

El detonante de esta petición del abogado de Planchuelo fue la comunicación efectuada por la Dirección General de la Policía (DGP) al juez Móner el pasado mes de febrero, en la que estima que no es necesario facilitar escolta al ex comisario, a pesar de que esa medida fue acordada primero por el juez Bltasar Garzón el pasado mes de agosto y posteriormente, en varias ocasiones, por el juez Móner.

En dicha comunicación, el responsable de la Policía justificaba la falta de necesidad de escolta en el hecho de que Planchuelo reside en un edificio policial que tiene vigilancia, no se desplaza con frecuencia, y si lo hace, es acompañado por funcionarios del Cuerpo "con los que tiene excelentes relaciones", en que las contravigilancias efectuadas sobre él no han detectado situaciones de riesgo y en que el x comisario "es perfectamente conocedor de los sistemas de autoprotección" por su experiencia en el Cuerpo.

Este informe fue respuesta a una petición formulada por el juez Móner, quien solicitó el pasado mes de enero a la Secretaría de Estado de Interior que le informase qué tipo de protección tiene Plachuelo, desde qué fecha y si lleva escolta en sus desplazamientos.

En su escrito, el abogado de Planchuelo destaca que en la contestación "el director general de la Policía elude de una forma manifesta a la preguntas que en su día "hizo Móner, "contestando a unos extremos que nada tienen que ver con lo solicitado y eludiendo la responsablidad que pueda tener en dicha protección".

Por ello, indica que a la vista del escrito de Olivares, "no se explica qué medidas se adoptaron para velar por la integridad física del señor Planchuelo".

Así, afirma que el hecho de que los desplazamientos del ex comisario no sean frecuentes no significa que por ello deba carecer de protección por miembros de la fuerzas de seguridad del Estado y rechaza que Olivares "se ampare en la amistad de otros funcionarios, los cuales no tienen instrucciones al respecto sobre la protección" de Planchuelo.

Además, considera que "se produce un contrasentido al hacer constar que se han realizado contravigilancias en torno a su persona, cuando previamente señalan que no son frecuentes sus salidas".

También rebate el argumento dado por Interior sobre la carencia de medios materiales y personales en la comisaría de Salaanca lo cual, a su juicio, "no puede ser excusa para no velar por la integridad física del señor Planchuelo, pues en caso de ser necesario se debe destacar efectivos suficientes por parte de la Dirección General de la Policía al efecto".

En su escrito, José Anibal Alvarez recuerda que en fechas pasadas ETA asesinó en dicha ciudad a un militar por lo que resalta que "al igual que otros procesados en otra causa se desplazan en vehículos oficiales, no entendemos por qué el señor Planchuelo no lo tiene y o tiene que hacer en vehículos particulares y valerse de la protección de sus amigos, cuando está obligada esa DGP a aportar tantos medios materiales como personales para prevenirse de hipotéticas agresiones terroristas".

Finalmente, afirma que "nadie duda sobre la larga experiencia del señor Planchuelo en el Cuerpo Nacional de Policía", pero resalta que se encuentra suspendido de empleo y sueldo, "por lo que no puede portar su arma reglamentaria" y, además, tal como consta en la causa, padece una artosis degenerativa que "le impide mover sus extremidades con normalidad y mucho menos empuñar un arma".

(SERVIMEDIA)
25 Mar 1996
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