GAL. SAENZ DE SANTAMARIA PONE AGOMEZ NIETO COMO EJEMPLO PARA PEDIR SU SOBRESEIMIENTO EN EL `CASO OÑAEDERRA'

MADRID
SERVIMEDIA

El teniente general José Antonio Saénz de Santamaría ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que dicte su sobreseimiento respecto del 'caso Oñaederra', en el que está imputado, alegando los mismos motivos por los que la Sala de lo Penal acordó el pasado miércoles revocar el procesamiento del teniente Pedro Gómez Nieto en el 'caso Lasa y Zabala'.

En un recurso presentad al magistrado, al que ha tenido acceso Servimedia, la defensa del militar basa su petición en que la imputación del teniente general no puede sostenerse en unos documentos del CESID declarados secretos por el Gobierno, ya que éstos "no pueden surtir efecto probatorio".

Indica que esta tésis, que ya sostuvo en anteriores recursos, "ha quedado ratificada por la reciente decisión" de la Sala de lo Penal, que señaló que el procesamiento de Gómez Nieto "no puede sustentarse en la interinidad que impone elcontenido de unos papeles declarados secretos, no pudiendo complementarse con otros actos y actuaciones procesales".

Por ello, en su opinión, "desaparecidos los indicios, que no pruebas, derivados de dichos 'documentos', han desaparecido a su vez las razones o fundamentos de la imputación de mi representado", por lo que pide su sobreseimiento.

Por otra parte, el abogado del militar, Miguel Cid Cebrián, insiste en su nuevo recurso en "la vehemente y muy razonable duda" que tiene sobre la competenca de Garzón para instruir dicha causa, que, a su juicio, corresponde al Tribunal Supremo ya que estableció que la investigación de la fundación, organización y estructrua de los GAL es competencia suya.

Agrega que, sin embargo, Garzón imputó a Sáenz de Santamaría en el 'caso Oñaederra' por su eventual participación "prestando su autorización o consentimiento a la formación y desarrollo" de los GAL, por lo que le pide que se abstenga de seguir investigando la causa y la remita al Alto Tribunal.

Averte que, de lo contrario, "la invasión del área de competencias ajenas, en este caso de la superioridad, puede producir además de la nulidad de lo actuado con el grave deterioro que ello supone siempre para la justicia, un no menos grave daño a quién, como mi representado, se ve sometido a un proceso y a unas gravísimas imputaciones" que atentan contra su dignidad como persona.

Asímismo, pide al magistrado que levante el secreto del sumario, que prorrogó el pasado 18 de octubre por enésima vez, ya qu, a su juicio, además de provocar indefensión al general por desconocer los hechos que se le imputan, no se justifica en aras de practicar las diligencias necesarias para averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos, tal como recoge la ley.

Ello se debe, continúa, a "la desmedida y desbordada extensión del ámbito del sumario, convertido en una causa general" y en la que "los designios de su señoría son tan inescrutables e insondables como imprevisibles e impredecibles, con lo que siempre eistirán diligencias probatorias, por muy alejadas que parezcan estar de los hechos que justifican el sumario en su primitiva configuración".

Añade que el mismo juez "que ha exigido al Gobierno con tanta vehemencia el levantamiento del secreto de determinados documentos y lo censura duramente por no hacerlo en su auto de 11-9-96, mantiene férreamente el secreto sumarial para las partes, excepto el ministerio fiscal, y muy especialmente para los imputados" a pesar de que ello suponga una grave quiebra dl derecho constitucional de defensa.

"Esta posición del instructor, además de paradójica, contraria al principio de los propios actos y totalmente incongruente, constituye una especie de 'ley del embudo' que no tiene lógica, racional y procesalmente justificación alguna acorde con nuestro marco constitucional y legal", concluye.

(SERVIMEDIA)
26 Oct 1996
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