GAL. LA JUEZA DE VIGILANCIA PENITENCIARIA NO DECIDIRA HASTA DESPUES DE SEMANA SANTA SOBRE LA LIBERTAD DE AMEDO Y DOMINGUEZ

MADRID
SERVIMEDIA

La jueza de Vigilancia Penitenciaria Número 2 de Madrid, María del Prado Torrecilla, no decidirá sobre la situación de libertad de los ex policías José Amedo y Michel Domnguez hasta después de Semana Santa, según informaron esta tarde a Servimedia fuentes cercanas al caso.

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón remitió la semana pasada a la jueza un auto en el que pide que Amedo y Domínguez continúen en la situación especial de no tener que ir a dormir a la cárcel de lunes a jueves, por considerar "falsas" las causas esgrimidas por Olivares sobre la supuesta difucultad para garantizar la seguridad de los implicados en el caso GAL.

Por su parte, el direcor general de la Policía, Angel Olivares, ha retado a Garzón a cuestionar algún dato concreto del informe policial sobre la vida que llevan los ex policías José Amedo y Michel Dominguez, condenados a 108 años de prisión pro su participación en los GAL. Olivares defiende que ambos permanezcan en la cárcel para garantizar su seguridad, ya que la vida nocturna de los ex policías dificulta la escolta.

"No sólo no modifico nada de ese informe", dijo días atrás, "sino que estoy en condiciones de probar todo y cada uno de los extremos que en él se contienen y por tanto afirmo que quién ponga en duda el contenido de ese informe lo que debe decir es el elemento o dato concreto que cuestiona porque las descalificaciones genéricas creo que no sonpropias de quién hace una acusación de esa naturaleza".

Confirmó todo lo indicado en dicho informe y aseguró que dispone de "pruebas" para demostrar que es verdad "todo lo que se indica sobre la vida que llevan ambos".

Olivares aseguró que "el informe de la direción general de la Policía no entra a valorar cual es el grado de adecuación del régimen de vida de Amedo y Domínguez al permiso extraordinario desde el punto de vista penitenciario, no entra en abosoluto"

En su opinión, la Ley de protección de Testigos y Peritos en causas penales no es aplicable en este caso porque el acuerdo sobre la protección de Amedo y Dominguez es anterior a esa disposición legal.

(SERVIMEDIA)
12 Abr 1995
G