GAL. GOMEZ DE LIAÑO DECRETALA LIBERTAD DE GOMEZ NIETO TRAS LA NEGATIVA DEL GOBIERNO A DESCLASIFICAR LOS DOCUMENTOS DEL CESID

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño dictó hoy un auto por el que acuerda la libertad provisional sin fianza del teniente de la Guardia Civil Pedro Gómez Nieto como consecuencia de la negativa del Gobierno a desclasifica los documentos del CESID por considerar que afectaban a la seguridad del Estado.

Esta libertad había sido solicitada por el fiscal del caso, Jesús Santos, quien consideró que la negativa del Consejo de Ministros a desclasificar dichos papeles dejaba sin base incriminatoria las acusaciones que existen contra el ex agente de Intxaurrondo, ya que se basaban en tres de esos documentos.

Sin embargo, el teniente, que fue encarcelado y procesado por el juez el pasado mes de mayo como autor material de os asesinatos de los presuntos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, deberá presentarse semanalmente en el juzgado y no podrá abandonar el territorio nacional, debiendo entregar su pasaporte, tal como acuerda el magistrado en su auto.

Al igual que el fiscal, Gómez de Liaño fundamenta su decisión de excarcelar al teniente en la negativa del Gobierno a desclasificar los documentos del CESID, sobre la que dice que "es entorpecedora y obstaculiza -se supone que no deliberadamente- el proceso demaduración de determinadas responsabilidades que persigue este sumario".

IMPUNIDAD

Agrega que, además, dicha decisión "quizá haya sembrado todo un dilatado campo de impunidad a base de arrancar las muy hondas raices de principios constitucionales", entre los que cita la interdición de la arbitrariedad de los poderes públicos, el derecho a la tutela judicial efectiva, el del servicio objetivo de la administración a los intereses generales y pleno sometimiento al Derecho, la independencia de la funció jurisdiccional y la colaboración a prestar a ésta en el curso de todo proceso.

"Por su puesto, sin olvidar ese valor superior que el artículo 1 de la Constitución llama Justicia y que, pese a lo oído en las últimas fechas, puestos a saber cuánto pesa, no tolera que otros conceptos -léase seguridad del Estado- se coloquen en platillo contrario", continúa.

En su resolución, el magistrado también coincide con el fiscal, del que dice que su dictamen se mueve "por cierta incercia de pesimismo", en qu tras la negativa del Ejecutivo a desclasificar los documentos, es necesario practicar nuevas diligencias, ya que "la justicia está abocada a la verdad, a toda o a casi toda la verdad, y que el delito -que para el derecho siepre es pretérito-, pese a quien pesare, no es algo que se oxida con rapidez, pues sólo el Código Penal es quien puede marcar sus plazos".

Explica que precisamente por ello, "porque a la justicia no le toca mirar adelante sino atrás y porque quizá su historia no deba escribirse conlocuciones como correr un tupido velo", es por lo que acordó el pasado día 6 tomar declaración a los diputados que fueron miembros de la Comisión de Secretos Oficiales de la anterior legislatura y que tuvieron acceso a los documentos del CESID.

En este sentido, hace algunas precisiones en su auto dado que, según dice, sobre dicha decisión "se han vertido no pocos juicios, una buena parte igual de autorizados que críticos y ligeros".

Así, indica que su propósito de que declaren los diputados "no e, desde luego, producto de lo insólito y sí de una actitud consecuente con el objeto sumarial" y afirma que tampoco es "una diligencia osada, sino seguimiento de la templada serenidad de la doctrina jurisprudencial elaborada por magistrados del Tribunal Supremo y que por ser la única y verdadera autoridad superior de la jurisdicción ordinaria, es cauce tan obligado como seguro para todo juez".

Recuerda que el Tribunal Supremo tiene sentenciado en dos recientes resoluciones que "frente al delito no cab secreto" e insiste en que lo que investiga dentro de la causa "no es un puñado de infracciones de bagatela o delitos menos graves, sino la evidencia de una tragedia de secuestros, torturas y asesinatos".

Finalmente, afirma que la declaración testifical de un diputado, como la de un funcionario público, no es obligación sino una facultad, por lo que, agrega, "con su eventual comparecencia no se pretende vulnerar nada ni que nadie vulnere nada".

"A partir del testimonio autorizado o voluntario, úncamente se trataría de saber, por compulsa, si los documentos que obran en la causa, que son copias, son los mismos o coinciden con los que, en su caso, fueron presentados a la comisión de Secretos Oficiales por el señor Ministro de Defensa del anterior Gobierno", concluye el juez.

Gómez Nieto, que se encuentra en prisión desde el pasado 21 de mayo, abandonará la cárcel militar de Alcalá de Henares en las próximas horas una vez que el director del centro reciba el mandamiento del magistrado ordenando u excarcelación.

(SERVIMEDIA)
28 Ago 1996
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