GAL. GARZON ACUSA AL GOBIERNO DE INSTAURAR UN "MANTO DE IMPUNIDAD" CON SU DECISION DE NO DESCLASIFICAR LS DOCUMENTOS DEL CESID

-Asegura que los diputados que conocieron su contenido están obligados a colaborar con la Justicia

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón considera que con su decisión de no desclasificar los documentos del CESID, el Consejo de Ministros entorpece la labor de la justicia "y coadyuva a la instauración de una especie de manto de impunidd en torno a la actividad delictiva de algunos funcionarios o personas al amparo de o utilizando los servicios secretos".

Asímismo, estima que dicho acuerdo del Ejecutivo contribuye "a la constatación de una especie de impotencia del Poder Judicial que comprueba cómo resulta casi inviable la investigación de determinadas conductas y penetrar en ciertas zonas que de hecho se convierten en cotos de actividad incontrolada".

Así lo afirma el juez Garzón en un auto dictado hoy dentro del sumario que istruye por el 'caso Oñaederra', en el marco del cual había solicitado al Consejo de Ministros la desclasificación de determinados documentos del CESID necesarios para su investigación.

En su resolución, el magistrado acuerda pedir al ministro de Defensa, Eduardo Serra, "que adopte las medidas necesarias para evitar la destrucción, deterioro o pérdida de los documentos no desclasificados" hasta que sean resueltos los recursos contencioso-administrativos planteados ayer contra el acuerdo del Consejo de inistros.

Indica, además, que está acreditado que la materia a la que se refieren parte de los documentos que reclamó "tiene directamente un contenido delictivo por cuanto alude a la comisión de varios hechos delictivos", principalmente la fundación de los GAL, por lo que afirma que debe continuar investigando dicho contenido "si bien no procede una nueva reclamación de los documentos".

En este sentido, señala que si dicha materia es delictiva, el Consejo de Ministros no puede legalmente clasificr como secreto su contenido, sino tan sólo el documento que recoge esa información, ya que "entender de otra manera esta cuestión nos conduciría necesariamente a plantearnos la posibilidad de un encubrimiento de conductas delictivas".

"Y como ello no es aceptable -al menos con los elementos de que se disponen en este momento- no puede quedar vedada la investigación, tanto anterior como posterior al acto de la no desclasificación, de los contenidos a que tales documentos se refieren", agrega.

El jez destaca en el auto que si existe la obligación de investigar la materia delictiva contenida en dichos documentos, "parece evidente que también existe una preceptiva obligación para los funcionarios, parlamentarios, jueces o personas en general que pudieran conocer el contenido delictivo de alguno de aquellos soportes de colaborar con la justicia, poniéndolo a disposición de los jueces competentes, sin necesidad de que sean reclamados".

Con ello, a su juicio, se respeta la decisión del Consejo de Miistros, ya que no se entrega el soporte físico del documento y se cumple con el deber constitucional de colaborar con la administración de justicia.

LEGITIMIDAD

Por otra parte, asegura que "no existe duda procesal ni material sobre la legitimidad, validez y eficacia" de las copias de los documentos del CESID que fueron aportados al sumario con anterioridad a la decisión del Consejo de Ministros, como los intervenidos en la celda del coronel Juan Alberto Perote, ya que, resalta, fueron obtenidos "resetando las reglas del procedimiento, por juez competente y dirigidos a preparar el juicio oral".

Además, afirma que no comparte el criterio del Consejo de Ministros de que determinados documentos no desclasificados que contienen datos referidos exclusivamente a Pedro Gómez Nieto y Felipe Bayo, imputados en la causa, afecten a la seguridad del Estado porque "sólo tienen un valor meramente informativo o inocuo para aquella seguridad que no debe confundirse con la de algunas personas que han ocupado cargs de responsabilidad en el Estado".

Respecto a los documentos que solicitó y que el Consejo de Ministros aseguró que nunca han estado en el CESID, afirma que "ni son secretos, ni están clasificados ni tienen que ser desclasificados y por tanto no existe impedimiento alguno para aportarlos e incluso existe obligación de hacerlo por quien los tenga en su poder a la causa penal que se instruye como objeto material del delito y como elemento probatorio de la comisión de hechos cuyo esclarecimiento y sancin se persigue en esta causa".

En concreto, dichos documentos hacen referencia a unas conversaciones mantenidas por varios imputados en la causa, a la elaboración de un anagrama con las siglas GAL por parte del CESID, y a la experimentación con fármacos sobre mendigos y drogadictos para poteriormente utilizarlos para conseguir el secuestro del etarra José Antonio Urruticoechea, "Josu Ternera".

Este último documento fue intervenido a Perote en su celda por el juez togado militar Jesús Palomino, queinstruye la causa contra el ex mando del CESID por la sustracción de documentos de los servicios secretos, aunque posteriormente Garzón extendió su investigación a ese hecho delictivo, lo que motivó que Palomino plantease un conflicto de jurisdicción ante el Tribunal Supremo.

Por ello, el juez acuerda en su auto solicitar a la Sala Especial de Conflictos de Jurisdicción del Alto Tribunal, que actualmente dispone de dicho documento, que se lo entregue, para lo que pondrá en su conocimiento una resolucin del ministro de Defensa del pasado 29 de agosto en la que éste afirma que no existe en el CESID con lo que, a juicio de Garzón, ese papel ni tiene carácter oficial ni secreto.

(SERVIMEDIA)
11 Sep 1996
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