GAL. EL CONSTITUCIONAL RECHAZA EXCARCELAR A BARRIONUEVO Y VERA
- Mantiene la práctica de suspender la ejecución de la sentencia para quienes tengan condenas en torno a 5 años de prisión
- Apoya sólo la salida de prisión de los policías Corujo, Hens, Hierro, Saiz Oceja
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El Tribunal Constitucional hizo pública hoy su decisión de oponersela salida de prisión del ex ministro del Interior José Barrionuevo y su "número dos" en el ministerio Rafel Vera, mientras resuelve el fondo de sus recursos contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó a 10 años de cárcel por los delitos de detención ilegal y malversación de fondos públicos en relación con el "caso Marey".
Con esta decisión del Constitucional se cierra una de las puertas para una rápida excarcelación de los dos ex altos cargos de Interior y los otros máximos responsables el secuestro de Segundo Marey, y ya sólo les queda la vía del indulto.
El Constitucional se opone también a que abandonen la prisión el ex director general de la Seguridad del Estado Julián Sancristóbal (condenado a 10 años de prisión); el ex jefe del Mando Unico de la Lucha Contraterrorista Francisco Alvarez (9 años); el ex jefe superior de la policía de Bilbao Miguel Planchuelo (9 años y medio) y el ex responsable de los socialistas vizcaínos Ricardo García Damborenea (7 años).
Por el contrario apoya que abandonen la prisión mientras se resuelve el fondo de sus recursos los policías Julio Hierro y Francisco Saiz Oceja (condenados a 5 años y medio de prisión) y sus compañeros Luis Hens y José Ramón Corujo (5 años de prisión).
En cuanto a la solicitud de Míchel Domínguez, condenado a dos años y cuatro meses de prisión, éste había pedido al Constitucional que anulara su solicitud de amparo, al haber conseguido el tercer grado penitenciario, a lo que accede el Alto Tribunal.
PRACTICA HABITUAL Para tomar esta decisión, el Constitucional mantiene la teoría aplicada durante los últimos años para casos similares -como ya ocurriera con el "caso Filesa"-, de fijar en torno a los 5 años de prisión el límite para que los recurrentes abandonen o no la cárcel mientras esperan que el Constitucional resuelva sus recursos.
Esta práctica habitual considera que, en caso de condenas por encima de los 5-6 años, si finalmente prospera el recurso, todavía se ahorra al condenado varios años de prisión. Pr el contrario, se estima que a un condenado a menos de 5 años de cárcel se le causaría un daño irreparable si permanece en prisión al menos los 2 años que tarde el Constitucional en resolver su recurso.
El Tribunal Constitucional dictó el pasado día 12 las providencias en las que admitió a trámite los recursos presentados por todos los condenados por el "caso Marey" -menos Amedo-. Luego, abrió una pieza separada para estudiar la posible suspensión de las condenas mientras se resuelven los recursos, qe es lo que se ha resuelto hoy.
Los magistrados han mantenido la teoría que también apuntó el fiscal del Constitucional, quien se mostró contrario a la excarcelación de los máximos responsables del secuestro de Marey y apoyó la salida de prisión de los policías que custodiaron al ciudadano francés.
Tras la decisión del Alto Tribunal los cuatro favorecidos podrían abandonar la prisión en las próximas horas, con lo que 6 de los 10 condenados por el "caso Marey" ya estarían en libertad tras cumplir os meses de prisión.
La decisión del Tribunal Constitucional no ha sido tomado por unanimidad y dos magistrados, Fernando García-Mon y Vicente Gimeno Sendra, han planteado sendos votos particulares contrariando la decisión mayoritaria.
(SERVIMEDIA)
26 Nov 1998
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