GAL. AUTO DE PROCESAMIENTO (y III) ---------------------------------
- Afirma que fueron financiados con fondos de Interior, ya que no hay indicios de financiación privada
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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón afirma en el auto dictao hoy, por el que procesa a 14 implicados en el 'caso GAL', que en la gestación de esta organización participaron Ricardo García Damborenea, Julián Sancristóbal, Francisco Alvarez y Miguel Planchuelo, que actuaron "respaldados y autorizados por algún responsable del Ministerio del Interior".
Garzón, que precisa que Damborenea "es uno de los que dirige y toma la decisiones más graves junto con Julián Sancristóbal", señala que de Interior "saldrán los fondos para financiar las actividades contraterrorisas del grupo" y precisa que "como primera acción de la incipiente organización se proyecta la detención ilegal de un cualificado miembro de ETA militar, organización contra la que áquella (GAL) nace".
Indica que para ello, Alvarez y Planchuelo encargaron a Amedo que realizase los contactos necesarios entre funcionarios de la policía francesa para que éstos prestasen el apoyo necesario a la incipiente organización, aunque éste "no conoce en ese momento la verdadera finalidad de las gestiones encomendads".
Tras describir minuciosamente las gestiones realizadas por Amedo, el juez afirma que Alvarez y Planchuelo encargaron al mercenario fallecido Pedro Sánchez que secuestrase a Mikel Lujua Gorostiola, miembro de ETA, aunque finalmente los mercenarios se confundieron de objetivo y secuestraron erróneamente a Segundo Marey.
Afirma que al comunicarle este error Amedo a Sancristóbal, éste le dijo que continuara con la acción, decisión que adoptó con García Damborenea, con la finalidad de "explotar poíticamente este hecho y hacer presión a Francia" para que liberasen a cuatro policías detenidos en ese país por el intento de secuestro de otro etarra.
Garzón afirma que fue Damborenea quien "de puño y letra" escribió el primer comunicado de los GAL, a excepción de las palabras "los implicados", que achaca a Sancristóbal, y agrega que ambos propusieron asesinar a Marey y enterrarlo en cal viva.
Implica también en esta acción a Vera, de quien dice que impidió cualquier obstáculo de paso por la frotera del secuestrado, prestando "una colaboración calificada e insustituíble".
FINANCIACION PUBLICA
Según el magistrado, desde que se gestan los GAL en 1983, "el sistema de financiación de sus ilícitas actividades se basa en la utilización y desviación de fondos públicos del Ministerio del Interior", empleando unas veces los fondos reservados, cuya gestión correspondía a Vera, y otras el dinero del presupuesto ordinario de la Jefatura Superior de Policía de Bilbao.
Ese dinero, de acuerdo con eljuez, fue utilizado para pagar a los mercenarios, para costear la infraestructura de los GAL -como alquiler de pisos francos y teléfonos- y para sufragar los desplazamientos de los mercenarios y de Amedo y Domínguez para reclutar a los activistas de la organización.
Sin embargo, Garzón precisa que el sistema de financiación de los GAL "ha sido diverso y en cierta forma anárquico, acorde con el propio funcionamiento de la organización". Señala que "la única vía de obtención de fondos para sufragar tant su creación y generación como sus ilícitas actividades, así como para pagar a los sicarios utilizados o a los propios miembros permanentes de la organización", ha sido la vía de los fondos públicos presupuestados por la Ley para el Ministerio del Interior.
Indica que dentro de ellos, el dinero utilizado para los GAL procedía "de los llamados fondos reservados administrados y gestionados por el director general de la seguridad del Estado, que, por su propia naturaleza y por la ausencia de mecanismos eicaces de control y fiscalización, ha facilitado su desviación arbitraria hacia los fines ilícitos mencionados buscando la impunidad que beneficia su propia opacidad".
Así, asegura que "el director general de la seguridad del Estado, con capacidad de disposición y distribución sobre esos fondos y, por tanto, el que presuntamente autorizó las partidas para la financiación de la detención ilegal de Segundo Marey, era en 1983 Rafael Vera".
No obstante, matiza que la petición de dichos fondos la hizoSancristóbal, entonces gobernador civil de Vizcaya y quien con posterioridad tuvo esa capacidad de disposición y distribución al ser nombrado director de la seguridad del Estado. Tras el cese de éste, Vera asume el cargo, aunque con rango de secretario de Estado, que fue quien garantizó el indulto a Amedo y Domínguez y decidió "cubrir las necesidades económicas de ambos imputados y de sus familias" para que estuvieran tranquilos.
ORIGEN PRIVADO
Garzón insiste en su auto en que "no existe ningún indiio que indique que tal financiación tuviera un origen privado, antes al contrario, los que concurren avalan, como se relata, la financiación púbica, principalmente con fondos reservados del Ministerio del Interior-Dirección de la Seguridad del Estado".
Por otro lado, acusa a Francisco Alvarez y a Miguel Planchuelo de proponer la comisión de asesinatos "proporcionando a mercenarios los explosivos y prometiendo una cantidad fija por cada muerto que pueda producirse en el bar 'Mingo' de San Juan de Luz. a proposición es aceptada aunque finalmente desistida por quienes la reciben".
Por estos hechos, Garzón acusa a Vera de un delito de malversación de caudales públicos, dos delitos continuados de malversación, otro de detención ilegal y cuatro presuntos delitos monetarios, por los que podría ser condenado a un máximo de 105 años y 4 meses de cárcel.
Por su parte, imputa a Sancristóbal los delitos de pertenencia a banda armada, detención ilegal, proposición para el asesinato y un delito continuado e malversación de caudales públicos; mientras que procesa a Damborenea por pertenencia a banda armada, detención ilegal y proposición para el asesinato.
A De Justo le acusa de dos delitos continuados de malversación de caudales públicos y otro delito monetario, mientras que imputa a Miguel Planchelo los de pertenencia a banda armada, detención ilegal, proposición al asesinato, delito continuado de malversación de caudales públicos y seis delitos de asesinato frustrado y uno de lesiones. Estos primeros4 delitos son los que también atribuye a Francisco Alvarez, al que achaca también otro delito de malversación de caudales públicos.
Garzón también procesa a Amedo por pertenencia a banda armada, detención ilegal y delito continuado de malversación de caudales públicos, los mismos delitos que imputa a Domínguez, al que acusa además de uso público de nombre supuesto.
A Francisco Saiz le acusa de pertenencia a banda armada, detención ilegal y uso público de nombre supuesto, delito este último que noatribuye a Julio Hierro, al que sí imputa los dos primeros. Garzón procesa a Juan Ramón Corujo y a Luis Hens por sendos delitos de detención ilegal, mientras que considera a Félix Hernando y Aníbal Machín cómplices de un delito de malversación de caudales y autores de tres delitos monetarios.
(SERVIMEDIA)
18 Abr 1995
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