GAL. ASOCIACIONES DE JUECES SALEN EN DEFENSA DE GARZON Y RECHAZAN QUE INCURRA EN INCOMPAIBILIDAD AL INVESTIGAR EL 'CASO GAL'

MADRID
SERVIMEDIA

Las asociaciones de jueces rechazaron hoy, en declaraciones a Servimedia, que el juez Garzón incurra en incompatibilidad al instruir el reabierto sumario del `caso GAL', después de haber ocupado un alto cargo como secretario de Estado en el Ministerio del Interior. Esta supuesta incompatibilidad ha sido apuntada por varios dirigentes socialistas en las últimas horas.

El portavoz de Jueces para la Democracia, José Antonio Alonso, mnifestó a Servimedia que el hecho de que Baltasar Garzón haya ocupado un alto cargo en el Ministerio del Interior es algo "totalmente periférico e irrelevante", y no es incompatible con el caso que está investigando, que implica a miembros de dicho departamento.

"Desde el punto de vista legal, ese hecho -haber ocupado un alto cargo en la Administración- no es causa de abstención o recusación", dijo. "Otra cosa es el juicio moral que esa vinculación con Interior le pueda merecer a cada uno".

Alons indicó que no existen razones para que Garzón se abstenga de llevar el caso, "salvo que se acreditara que tiene amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las partes del proceso", para lo que habría que promover un incidente de recusación a fin de demostrarlo. "Según Jueces para la Democracia, no hay ningún motivo para sospechar eso", agregó.

Para José Antonio Alonso, el hecho de que Garzón haya ocupado un alto cargo o que una investigación criminal sea llevado por un juez u otro es una cuesión "totalmente periférica e irrelevante". "Lo que interesa es que los hechos que se están investigando tienen visos de ser muy graves. Por lo tanto, lo que hay que hacer es investigarlos bien, seriamente y con eficacia", dijo.

ACTIVIDADES PRIVADAS

Por su parte, Ramón Rodríguez Arribas, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), declaró a Servimedia que "se ha querido confundir a la gente" con la cuestión de la supuesta incompatibilidad de Garzón para instruir el reabierto sumrio del `caso GAL'.

Explicó que la ley que recoge una incompatibilidad de dos años para asuntos que un alto cargo haya podido tratar durante su gestión en la Administración "se refiere exclusivamente a las actividades privadas, no a las públicas". "Por ejemplo, una persona que ha sido director general de Construcción Naval, en los dos años siguientes a haber cesado como tal no puede dedicarse al mismo campo", explicó.

Rodríguez Arribas señaló que los jueces se rigen por la Ley Orgánica del Poder udicial, que prevé que los magistrados que tienen pensado dedicarse a la política pueden pedir una excedencia especial que les permite reservar su plaza mientras se dedican a su nueva actividad. Además, el tiempo que dedican a su nueva ocupación les cuenta como antigüedad en la carrera judicial.

"Esto no era así antes. Esto lo han hecho el Gobierno actual y la mayoría parlamentaria del año 83", explicó Rodríguez Arribas, quien añadió que en la época del Gobierno de UCD, el magistrado que quisiera dediarse a la política tenía que pedir la excedencia voluntaria, quedando provisionalmente fuera de la carrera judicial, sin posibilidad de reservar su plaza y de computabilizar su tiempo en la política con la antigüedad en la carrera judicial.

"Esto lo cambiaron precisamente los que ahora se quejan", agregó. "Que lo hubieran dejado como estaba, que es lo que pidió la APM. Lo que no es razonable es que, habiendo creado una legislación que permite que los jueces entren y salgan de la política y de la jurisicción, se quejen ahora. Mientras les convenía no les ha parecido mal".

Rodríguez Arribas señaló que si alguien cree que el juez Garzón tiene alguna tacha que le inhabilite procesalmente para dirigir la investigación, lo que tiene que hacer es recusarle con arreglo a las normas legales procesales y atenerse a las consecuencias si la recusación es infundada.

"Lo que no puede hacerse es descafilicarle mientras esté investigando, y encima no recusarle", dijo. "Eso no se puede tolerar, porque además ay una presunción de inocencia para todo el mundo, y otra de legalidad para los que ejercen funciones públicas".

Por ello, según Rodríguez Arribas, "mientras no se demuestre lo contrario, el juez Garzón, como cualquier otro, está en el pleno uso de su jurisdición y hay que presumir que lo está haciendo de manera legal".

(SERVIMEDIA)
21 Dic 1994
VBR