LOS FUNCIONARIOS DEL PARLAMENTO EUROPEO NO PODRAN PARTICIPAR EN GRUPOS POLITICOS O DE PRESION NI TENER INTERESES EN EMPRESAS
- Un Código de Buena Conducta establece que deben ser "independientes, íntegros, competentes y eficientes"
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Los funcionarios que trabajan en el Parlamento Europeo no podrán tener -a título ersonal- intereses en empresas que puedan entrar en conflicto con los de la Unión Europea, ni pertenecer a grupos políticos o grupos de presión. Así lo establece el Código de Buena Conducta publicado por esta institución comunitaria.
El manual de uso recoge la interpretación del Parlamento Europeo sobre el Estatuto de funcionarios europeos, del Régimen aplicable a otros agentes (RAA) y de los reglamentos o instrucciones que los desarrollan. Según estos textos, el personal de las Comunidades Europeas dbe ser "independiente, íntegro, competente y eficiente".
Este Código de Buena Conducta, que ha sido publicado por el Consejo del Comité de Expertos Independientes, está dividido en los apartados "obligaciones generales", "obligaciones de servicio" y "relaciones con los ciudadanos". En él se recuerda que está diseñado para proporcionar un punto de referencia ético a los funcionarios y a las personas a las que se ha otorgado un mandato público.
Dentro de las "obligaciones generales", se destaca la independencia" frente a las fuerzas políticas, las autoridades nacionales, los "lobbis" o los intereses personales. Esto le priva al funcionario europeo de ejercer cualquier actividad ajena a su servicio sin una autorización previa.
En este sentido, también se subraya el deber de reserva, que impide al funcionario expresar públicamente su opinión siempre que ésta pudiera atentar a la dignidad de su función, y el deber de discreción respecto a informaciones relacionadas con la institución para la que tabaja.
(SERVIMEDIA)
12 Abr 2000
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