LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA PODRAN INTEGRARSE EN LOS CUERPOS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION E INFORMATICA
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Los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado, incluídos en el ámbito de aplicación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, podrán integrarse en los dstintos Cuerpos de Tecnologías de la Información e Informática, según una orden del Ministerio para las Administraciones Públicas que pública hoy el BOE.
Esta integración será posible siempre que los funcionarios pertenezcan a un colectivo o escala del mismo grupo de titulación que el del cuerpo al que se desea acceder y estén en posesión de la titulación académica exigida.
La Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada por la Ley 23/1988, establecía que el obierno puede determinar los cuerpos y escalas de la Administración del Estado a los que podrán acceder los funcionarios pertenecientes a otros del mismo grupo, siempre que desempeñen funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico.
La integración será por el sistema de acceso directo, en los plazos y condiciones que señale la oportuna convocatoria, o mediante concurso, en determinadas situaciones.
Asimismo, los funcionarios que integren esos curpos continuarán destinados en los puestos de trabajo que desempeñen.
(SERVIMEDIA)
17 Dic 1991
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